Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 192

Fecha del Boletín 
13-08-2021

Sección 1.3.27.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210813-12

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA

12
ORDEN 2344/2021, de 4 de agosto, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se establece la autorización de enseñanzas en institutos de Educación Secundaria y Centros de Educación de Personas Adultas, a partir del curso 2021-2022.

A fin de completar la oferta de las enseñanzas en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, y optimizar los recursos para la mejora de la calidad de las enseñanzas ofertadas en los mismos, se hace necesario modificar, a partir del curso escolar 2021-2022, la oferta educativa de los centros que se relacionan en el Anexo que se adjunta. Todo ello respetando lo establecido en la normativa que regula las respectivas enseñanzas: Decreto 48/2015, de 14 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria; Decreto 52/2015, de 21 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo del Bachillerato; Decreto 107/2014, de 11 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la Formación Profesional Básica en la Comunidad de Madrid y se aprueba el Plan de Estudios de 20 títulos profesionales básicos, y Resolución de la Directora General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial de 6 de junio de 2014, en lo referente a los Programas Profesionales de Modalidad Especial.

De conformidad con las atribuciones conferidas por el Decreto 288/2019, de 12 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Juventud (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 271 de 14 de noviembre), en relación con el Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y el Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Objeto y ámbito

La presente Orden tiene por objeto autorizar la implantación de determinadas enseñanzas en centros docentes públicos del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

Segundo

Autorización de enseñanzas

Se autoriza a los centros que se citan en el Anexo a implantar las enseñanzas que se detallan en el mismo a partir del curso 2021-2022.

Tercero

Puesta en funcionamiento

La puesta en funcionamiento de las enseñanzas autorizadas por la presente Orden queda condicionada a la existencia de un número suficiente de alumnado matriculado, de acuerdo con las instrucciones que al efecto dicta la Administración educativa.

Cuarto

Habilitación

Se autoriza a las Direcciones Generales de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial y de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía para dictar las instrucciones necesarias y adoptar las medidas oportunas que requieran la implantación de las enseñanzas que se disponen por la presente Orden.

Quinto

Producción de efectos

La presente Orden producirá efectos a partir del curso 2021-2022.

Madrid, a 4 de agosto de 2021.—El Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, P. D. (Orden 11634/2012, de 27 de noviembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de diciembre de 2012), el Director General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, José María Rodríguez Jiménez, P. O. (Orden 2081/2021, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se dispone la suplencia del titular de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial), José María Serrano Adanero.

(03/25.377/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.27.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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