Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 176

Fecha del Boletín 
26-07-2021

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210726-32

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL

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ADENDA de 30 de junio de 2021, de modificación del convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y la Fundación Acrescere para colaborar en el Plan de Autonomía Personal 16-21: Programa de alojamiento y acompañamiento educativo para jóvenes de 18 a 21 años en grave riesgo de exclusión social procedentes del Sistema de Protección de la Comunidad de Madrid.

Madrid, a 30 de junio de 2021.

REUNIDOS

De una parte, la excelentísima señora doña María Concepción Dancausa Treviño, Consejera de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 47/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

De otra, doña Blanca Arregui Minchero, en nombre y representación de la Fundación Acrescere, inscrita en el Registro de Fundaciones con el número 28-1584, con domicilio en la avenida Osa Mayor, número 19, 28023 Madrid, y NIF G-85833341, en virtud de la escritura pública de otorgamiento de poderes, número de protocolo 3652, ante el Notario de Madrid, don Manuel Hurle González, el día 17 de diciembre de 2009.

Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda de modificación y

EXPONEN

Primero

El día 27 de diciembre de 2019, se firmó el convenio entre la Comunidad de Madrid (a través de la entonces Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad) y la Fundación Acrescere para mantener una línea de colaboración que redunde en beneficio de los objetivos que se pretenden alcanzar con el Plan de Autonomía Personal 16-21: Programa de Tránsito a la Vida Adulta 18-21, de alojamiento con acompañamiento educativo para jóvenes en riesgo de exclusión social procedentes del Sistema de Protección de la Comunidad de Madrid, con vigencia desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2020.

Segundo

La cláusula decimoprimera de dicho convenio contempla que las partes firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales de conformidad con lo establecido en el artículo 49.h) 2.o, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En virtud de la misma, mediante adenda formalizada con fecha 15 de julio de 2020, el convenio ha sido objeto de una prórroga para el período comprendido entre el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2021.

La mencionada cláusula decimoprimera de dicho convenio contempla asimismo que las partes firmantes podrán modificar el convenio de mutuo acuerdo mediante la suscripción de la correspondiente adenda. Procede señalar que las circunstancias concurrentes, así como la imperiosa necesidad de contar con recursos que proporcionen alojamiento, manutención y acompañamiento para jóvenes procedentes del sistema de protección, por la alta demanda, permiten y aconsejan el aumento del número de plazas convenidas con la Fundación Acrescere en tres (3), pasando éstas a ser un total de catorce (14) plazas. Las partes manifiestan su conformidad al respecto.

Tercero

Que todas las partes desean continuar colaborando en el desarrollo de un programa de alojamiento y acompañamiento educativo para jóvenes entre 18 y 21 años en grave riesgo de exclusión social procedentes del Sistema de Protección de la Comunidad de Madrid, en los términos indicados.

Cuarto

Que el servicio prestado por la Fundación Acrescere desde el inicio del convenio ha sido realizado a plena satisfacción y con estricto complimiento de las condiciones pactadas, manteniendo la atención proporcionada un elevado nivel de calidad.

Por ello, y en virtud de todo lo expuesto, las partes acuerdan la presente adenda de modificación del convenio mencionado, conforme a las siguientes,

CLÁUSULAS

Primera

Modificación

De conformidad con lo dispuesto en la cláusula decimoprimera del convenio suscrito el 27 de diciembre de 2019 se modifica de mutuo acuerdo el convenio con la presente adenda, incrementando el número de plazas en tres (3), pasando estas a ser un total de catorce (14) plazas, siendo la fecha de inicio de la modificación el 1 de julio de 2021.

Segunda

Financiación

La cláusula séptima del convenio queda redactada en los siguientes términos:

1. El coste total de la colaboración convenida para el programa de alojamiento y acompañamiento educativo para catorce (14) plazas destinadas a jóvenes de 18 a 21 años en grave riesgo de exclusión social procedentes del Sistema de Protección de la Comunidad de Madrid para el ejercicio 2021 asciende a 137.010,00 euros, IVA exento, sobre la base de un coste usuario/día de 30,00 euros, de acuerdo con el siguiente desglose:

2. La financiación a cargo de la Comunidad de Madrid, sobre la base de 15,00 euros usuario/día, supondrá un coste total de 68.505,00 euros, IVA exento, con cargo a la partida 25401 del programa 232F de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2021, salvo la imputación presupuestaria de la ejecución del mes de diciembre que se hará con cargo al presupuesto del ejercicio 2022.

Las cuantías aportadas por la Comunidad de Madrid, se destinarán al cumplimiento de lo estipulado en el apartado 6 de la cláusula segunda del convenio que se modifica, participando en un 50 por 100 del coste total, en la atención individual de los jóvenes incluidos en el proyecto socio-educativo objeto del convenio. Esta cantidad se destinará, preferentemente, a sufragar gastos derivados de alojamiento, manutención y necesidades básicas (vestuario, abono trasporte…). Todo ello, adicionalmente del apoyo técnico y favorecimiento del desarrollo de las actividades objeto del convenio y demás compromisos recogidos en la citada cláusula segunda.

3. Por su parte, la Fundación Acrescere aportará al proyecto medios humanos y materiales por valor de 68.505,00 euros. La aportación de la Fundación Acrescere en cumplimiento de los compromisos adquiridos en virtud de la cláusula tercera de este convenio, de conformidad con lo descrito en la cláusula primera, se destinará a sufragar gastos de personal, instalaciones, medios materiales, bienes y suministros necesarios para la prestación del servicio, participando así en un 50 por 100 del coste total del programa de alojamiento y acompañamiento educativo objeto del convenio que se modifica.

Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma la presente adenda de modificación del convenio, siendo la fecha de formalización de la misma la correspondiente a la de la firma de la Comunidad de Madrid, o en ausencia de la fecha de la firma, a la que figure en el encabezamiento.

Madrid, a 30 de junio de 2021.—La Consejera de Familia, Juventud y Política Social, María Concepción Dancausa Treviño.—La Representante de la Fundación Acrescere, Blanca Arregui Minchero.

(03/23.377/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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