Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 162

Fecha del Boletín 
09-07-2021

Sección 1.3.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210709-37

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD DE ALCALÁ

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EXTRACTO del Acuerdo de 24 de junio de 2021, de Consejo de Gobierno de la Universidad de Alcalá, por el que se convocan las Becas de Iniciación en la Actividad Investigadora 2021.

BDNS: 572760

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero

Beneficiarios

Graduados universitarios, o con titulación universitaria similar, que cumplan con los requisitos establecidos en la presente convocatoria.

Segundo

Objeto

Promover la iniciación y la formación básica, en investigación científica y técnica, de aquellos graduados universitarios, o con titulación universitaria similar, que cumplan con los requisitos establecidos en la presente convocatoria y deseen realizar un trabajo de investigación, en un Departamento o Instituto Universitario de Investigación de la Universidad de Alcalá, con el fin de acceder a las convocatorias de Personal Investigador Predoctoral en Formación reguladas por el artículo 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

Tercero

Bases reguladoras

Bases Reguladoras Marco de la concesión de becas y ayudas a la investigación por la Universidad de Alcalá (https://www.uah.es/export/sites/uah/es/investigacion/.galleries/Investig...).

Cuarto

Cuantía

La dotación de las ayudas será de 830 euros brutos al mes.

Se convocan veinte ayudas en esta convocatoria que se financia con cargo a la aplicación presupuestaria 300M00.541.A645.27. El importe total presupuestado para financiar los gastos derivados de esta convocatoria es de 219.934 euros.

Quinto

Plazo y presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto desde el día de publicación de la convocatoria hasta el 3 de septiembre de 2021, ambos inclusive.

Las solicitudes se presentarán a través de la opción “Convocatorias” disponible en el Portal del Investigador adjuntando la documentación indicada en el punto 3.2 de la convocatoria.

Sexto

Otros datos

El disfrute de las ayudas será de 12 meses, a partir del 1 de noviembre de 2021. El período de disfrute de la ayuda es improrrogable y con dedicación exclusiva a la misma. La fecha límite de incorporación a la ayuda será el 1 de enero de 2022.

Séptimo

Adjudicaciones y criterios de selección

La instrucción del procedimiento corresponderá al Servicio de Gestión de la Investigación, a través de la Sección de Becas y Otras Ayudas. El Servicio de Gestión de la Investigación, a través de la Sección de Becas, procederá a la revisión administrativa de las solicitudes a fin de comprobar que cumplen con los requisitos de admisión, dándose trámite de audiencia para que un plazo de 10 días naturales presente las alegaciones que estimen oportunas o subsanen alguna documentación. No se admitirá documentación tras la revisión administrativa.

Todas las alegaciones presentadas serán enviadas a la Comisión de Investigación, que resolverá el proceso selectivo teniendo en cuenta los siguientes criterios:

a) Nota media del expediente académico: Se valorará con una puntuación máxima de 10 puntos según el baremo establecido en la presente convocatoria.

b) Premio extraordinario de la titulación universitaria que le da acceso al máster: 1,5 puntos

Alcalá de Henares, a 24 de junio de 2021.—El Vicerrector de Investigación y Transferencia de la Universidad de Alcalá, F. Javier de la Mata de la Mata.

(03/22.827/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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