Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 149

Fecha del Boletín 
24-06-2021

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210624-85

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ARGANDA DEL REY NÚMERO 1

85
Arganda del Rey número 1. Procedimiento 339/2019

EDICTO

Doña Adela López Molina, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 1 de Arganda del Rey.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 339/2019, instados por la procuradora doña María del Carmen Armesto Tinoco, en nombre y representación de Canal de Isabel II, S. A., contra Avenature, S. L., en reclamación de 2.606,13 euros, en los que se ha dictado, en fecha 19 de mayo de 2021, sentencia cuya parte dispositiva y cuyo fallo son los siguientes:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora doña Carmen Armesto Tinaco, actuando en nombre y representación del Canal de Isabel II, S. A., debo condenar y condeno a la demandada a abonarle la cantidad de 2.606,13 euros, más los intereses legales, así como al pago de las costas procesales.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso.

Así, por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada Avenature, S. L., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Arganda del Rey, a 19 de mayo de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/20.593/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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