Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 145

Fecha del Boletín 
19-06-2021

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210619-5

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, FAMILIAS, IGUALDAD Y NATALIDAD

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ADENDA de 24 de mayo de 2021, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Políticas Sociales y Familia (actualmente Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad), y la Sociedad Española de Médicos de Atención Primaria (SEMERGEN), para la realización de acciones conjuntas relativas al fomento y promoción del voluntariado en la Comunidad de Madrid.

En Madrid, a 24 de mayo de 2021.

REUNIDOS

De una parte el Consejero de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, actuando por suplencia según Decreto 18/2021, de 10 de marzo, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, el excelentísimo señor Consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid en funciones, don Enrique Ruiz Escudero, en virtud del Decreto 60/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, para el ejercicio de las competencias que le otorga el artículo 4.3 de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el artículo 41.a) de la Ley 1/1983 de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

Y de la otra parte, el doctor José Polo García, que interviene en su calidad de Presidente de SEMERGEN, Sociedad Española de Médicos de Atención Primaria, domiciliada en 28009 Madrid, calle Jorge Juan, número 66, local, inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior, con fecha 14 de febrero de 1973, en el Grupo 1, Sección 1.a, con el número 12.321 Nacional y con número de NIF: G-28628402.

Las dos partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir en nombre de sus respectivas entidades el presente documento, y a tal efecto

MANIFIESTAN

1. Que ambas instituciones comparten el interés en fomentar el voluntariado como forma de participación y capacitación, considerando que es una actividad transversal y diversa que aporta a los ciudadanos, instituciones, entidades y empresas, un valor de solidaridad y compromiso cuyo apoyo y fortalecimiento es prioritario para mejorar las condiciones de vida y la dignidad de las personas y el sistema de relaciones en la sociedad.

2. Que siendo coincidentes los objetivos en materia de voluntariado de ambas partes, suscribieron un Convenio de colaboración el día 5 de junio de 2017 en virtud del cual se comprometieron a promocionar y potenciar el voluntariado, intercambiando experiencias, ideas e iniciativas entre la Comunidad de Madrid a través de la entonces Consejería de Políticas Sociales y Familia y SEMERGEM, en su área SEMERGEN Solidaria.

3. Que en la cláusula sexta del citado Convenio se establecía su vigencia desde la fecha de la firma, el 5 de junio de 2017, con una duración de dos años, pudiéndose acordar la firma de prórroga, de forma expresa y por escrito, antes del vencimiento del convenio y hasta un máximo de cuatro años adicionales. El 11 de abril de 2019 ya se firmó una primera prórroga por dos años.

Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir la presente adenda de prórroga al Convenio citado conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Prórroga

De conformidad con lo dispuesto en la cláusula sexta del Convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la entonces Consejería de Políticas Sociales y Familia y SEMERGEM, para la realización de acciones conjuntas relativas al fomento y promoción del voluntariado, de fecha 5 de junio de 2017 y prorrogado por dos años más hasta el 5 de junio de 2021. Ambas partes acuerdan prorrogar el mencionado convenio por un período de dos años.

Segunda

Financiación

De la presente Adenda no se derivará obligación económica alguna para la Comunidad de Madrid.

Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma la presente adenda de prórroga, siendo la fecha de formalización de la misma la correspondiente a la de la firma de la Comunidad de Madrid, o en ausencia de fecha en la firma, a la que figure en el encabezamiento.

Madrid, a 24 de mayo de 2021.—El Consejero de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, P. S. (Decreto 18/2021, de 10 de marzo, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid), el Consejero de Sanidad (e. f.), Enrique Ruiz Escudero.—El Presidente de SEMERGEN, José Polo García.

(03/19.974/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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