Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 142

Fecha del Boletín 
16-06-2021

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210616-69

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

CONTRATACIÓN

Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad

69
Madrid. Contratación. Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad. Selección entidad colaboradora

Decreto de 11 de junio de 2021, del delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, por el que se designa la entidad colaboradora encargada de la gestión de las ayudas del Plan Cambia 360 destinadas a la renovación de vehículos particulares correspondientes a las anualidades 2021, 2022 y 2023.

Por Decreto de 12 de mayo de 2021, del delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, se convocó el procedimiento de concurrencia para la selección de entidad colaboradora encargada de la gestión de las ayudas del Plan Cambia 360 destinadas a la renovación de vehículos particulares correspondientes a las anualidades 2021, 2022 y 2023, siendo publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” de 17 de mayo de 2021.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación en dicho procedimiento de concurrencia, con fecha 4 de junio de 2021, se ha reunido la Comisión de Valoración regulada en el mismo, la cual ha comprobado la correcta presentación de la documentación requerida en la convocatoria y ha valorado la idoneidad de la única entidad participante, la Asociación de Empresarios del Comercio e Industria del Metal de Madrid (AECIM), cuya puntuación se incluye en el Anexo al presente decreto.

De acuerdo con el informe de la citada comisión, se ha elaborado propuesta técnica por el Director General de Sostenibilidad y Control Ambiental, proponiendo la designación de la Asociación de Empresarios del Comercio e Industria del Metal de Madrid (AECIM), como entidad colaboradora para la gestión de las ayudas destinadas a la renovación de vehículos particulares.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid con fecha 30 de octubre de 2013, y en el ejercicio de las competencias conferidas por el apartado 3.o.1.9 del acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, de 4 de julio de 2019, a propuesta de la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental,

DISPONGO

Primero.—Designar a la entidad Asociación de Empresarios del Comercio e Industria del Metal de Madrid (AECIM), como entidad colaboradora encargada de la gestión de las ayudas del Plan Cambia 360 destinadas a la renovación de vehículos particulares correspondientes a las anualidades 2021, 2022 y 2023.

Se incluye como Anexo al presente Decreto, la puntuación de los diversos criterios de valoración obtenida por la entidad que ha resultado designada.

Segundo.—Con esta entidad colaboradora se suscribirá el oportuno convenio de colaboración, de acuerdo con el modelo que figura como anexo II del decreto de 12 de mayo de 2021, del delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, por el que se convoca el procedimiento de concurrencia para la selección de entidad colaboradora encargada de la gestión de las ayudas del Plan Cambia 360 destinadas a la renovación de vehículos particulares correspondientes a las anualidades 2021, 2022 y 2023.

Tercero.—La efectividad del presente decreto estará condicionada a la suscripción del convenio de colaboración correspondiente con la entidad colaboradora designada, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. El Anexo referido en este decreto será íntegramente publicado en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” y en la página web municipal.

Cuarto.—Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y así como por el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente.

Madrid, a 11 de junio de 2021.—El delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, Francisco de Borja Carabante Muntada.

(01/21.098/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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