Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 141

Fecha del Boletín 
15-06-2021

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210615-72

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 5

72
Parla número 5. Procedimiento 741/2020

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal 741/2020 (desahucio precario 250.1.2) (primera instancia civil) entre Gramina Homes, S. L., e ignorados ocupantes en Pintor Sorolla número 45, 4.o D, en cuyos autos se ha dictado Sentencia número 59/2021, de fecha 16 de abril de 2021, cuyo fallo es el siguiente:

“Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por Gramina Homes, S. L., representado por el procurador Sr. Gordillo Alcalá, contra ignorados ocupantes de calle Pintor Sorolla, número 45, 4.o D, de Parla, en situación de rebeldía, debo declarar y declaro haber lugar al desahucio por precario instado en relación con el inmueble referido y debo condenar y condeno a la parte demandada a que desaloje dicho inmueble y lo ponga a disposición del actor, con apercibimiento de que en caso de no hacerlo voluntariamente en el plazo de treinta días desde la notificación de esta resolución se procederá a su lanzamiento, en caso de no ser recurrida esta sentencia.

Conforme al artículo 549.4 de la LEC, tratándose de vivienda habitual, comuníquese el lanzamiento a Servicios Sociales de Parla a los efectos previstos en artículo 441.5 de la LEC para el caso de vulnerabilidad social y/o económica del hogar afectado.

Todo ello, con imposición de costas a la parte demandada.

Contra la presente sentencia, que no es firme, podrá interponerse ante este Juzgado, en el plazo de veinte días siguientes a su notificación, recurso de apelación, de conformidad con el artículo 458 de la LEC, previa consignación de depósito de 50 euros previsto en la disposición adicional 15.a de la LOPJ.

Así, por esta mi sentencia, cuyo original se llevará al libro de sentencias civiles de este Juzgado, dejando en las actuaciones testimonio literal de la misma, definitivamente juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a ignorados ocupantes en pintor Sorolla, número 45, 4.o D, expido y firmo la presente en Parla, a 11 de mayo de 2021.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/19.156/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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