Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 132

Fecha del Boletín 
04-06-2021

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210604-35

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

Patronato de Bienestar Social

35
Alcobendas. Régimen económico. Patronato de Bienestar Social. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la resolución 39 de fecha 25 de mayo de 2021, de la Presidencia del Patronato de Bienestar Social del Ayuntamiento de Alcobendas, por la que se convocan subvenciones anuales a las asociaciones y agrupaciones cuyas actividades se desarrollen en el ámbito denominado infancia y juventud para 2021.

BDNS (Identif.): 566332

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/566332).

Primero. Beneficiarios.—Podrán solicitar subvención, con base a esta normativa, las asociaciones que dirijan sus actividades mayoritariamente a la infancia y juventud de Alcobendas entre 0 y 30 años, debidamente registradas en el Registro de Asociaciones, Fundaciones y entidades análogas del Ayuntamiento de Alcobendas. Excepcionalmente, y con el correspondiente informe técnico que lo autorice, podrán solicitar la subvención asociaciones en trámite de registro municipal previo a la publicación de la presente convocatoria.

También podrán solicitar subvención las agrupaciones juveniles que desarrollen actividades que se encuadren en el ámbito recogido en la presente convocatoria. En cualquier caso, deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación. No podrá disolverse la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Segundo. Objeto:

— Promoción de la participación infantil y juvenil y el desarrollo de asociaciones juveniles.

— Impulsar procesos participativos infanto-juveniles con metodologías innovadoras que incorporen las TIC’s.

— Promover la consecución de los objetivos de desarrollo sostenible.

— Impulsar el talento local infantil y juvenil con el desarrollo de actividades en el ámbito de la animación sociocultural y el ocio y tiempo libre.

A tal fin, se consideran subvencionables las siguientes actividades destinadas mayoritariamente a la Infancia, Adolescencia y Juventud de Alcobendas, entre los 0 y los 30 años:

— Actividades y programas de animación sociocultural destinados a la infancia y juventud.

— Actividades relacionadas con la cultura y la creación infantil y juvenil.

— Programas de información y asesoramiento en materias de interés infantil y juvenil.

— Actividades de ocio y tiempo libre, formativo y educativo para la infancia y juventud o impulsado desde estos colectivos.

— Actividades relacionadas con el fomento de la participación y el asociacionismo de la infancia y la juventud.

— Desarrollo de actividades que incorporen las TIC’s.

— Actividades que promuevan la consecución de los objetivos de desarrollo sostenible.

— Actividades en coordinación con la programación municipal.

Tercero. Bases Reguladoras.—Ordenanza municipal reguladora de las subvenciones de fomento del asociacionismo y la participación ciudadana del Ayuntamiento de Alcobendas, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de febrero de 2009.

Cuarto. Cuantía.—El importe total máximo de la convocatoria es de 18.000,00 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Treinta días naturales a partir del siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Otros datos.—Las solicitudes se dirigirán a la Sra. presidenta del Patronato de Bienestar Social del Ayuntamiento de Alcobendas utilizando los modelos que aparecen como anexos a esta convocatoria.

La convocatoria se encuentra íntegramente expuesta en el tablón de edictos del Ayuntamiento, registros municipales y en la página web municipal (www.alcobendas.org).

Alcobendas, a 25 de mayo de 2021.—La presidenta del Patronato de Bienestar Social del Ayuntamiento de Alcobendas, Ofelia Culebradas Bachiller.

(03/19.346/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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