Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 131

Fecha del Boletín 
03-06-2021

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210603-98

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

98
Madrid número 2. Ejecución 66/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Y CITACIÓN

Dña. MARTA CIMADEVILLA ARGUELLO, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 2 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 66/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. KRYSTYNA DOROTA SZERSZEN frente a LADEMIS, S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se han dictado resoluciones cuyas partes dispositivas son las siguientes:

“PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo despachar orden general de ejecución nº 66/2021 a favor de la ejecutante Dña. KRYSTYNA DOROTA SZERSZEN frente a LADEMIS, S.L.

Notifíquese esta resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN- Mediante recurso de REPOSICIÓN ente este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS, debiendo el recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social hacer un depósito para recurrir de 25 euros. Dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO SANTANDER: ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2500 0000 00 0237 20.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma la Ilma. Sra. Magistrada-Juez.

DÑA. MARÍA DEL CARMEN CANO MARTÍNEZ

LA MAGISTRADA- JUEZ”

“DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Dña. MARTA CIMADEVILLA ARGUELLO

En Madrid, a veinte de mayo de dos mil veintiuno.

El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta en sentencia de fecha 16.12.2020 a la empresa LADEMIS, S.L. en favor de la demandante Dña. KRYSTYNA DOROTA SZERSZEN y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes así como al FONDO DE GA RA NTIA SALARIAL en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo Social, sito en C/ Princesa, 3, Planta 2 - 28008, el día 17.06.2021, a las 12:30 horas de su mañana, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Haciéndoles la advertencia de que en caso de no comparecer la parte actora o representante legal se le tendrá por desistido de su solicitud y en caso de no comparecer la empresa o representante legal se celebrará el acto sin su presencia, sirviendo la notificación de la presente resolución a las partes de citación en legal forma.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art 186.1 L.J.S.).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a LADEMIS, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinte de mayo de dos mil veintiuno.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/18.495/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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