Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 126

Fecha del Boletín 
28-05-2021

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210528-189

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 43

189
Madrid número 43. Procedimiento 36/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. EUGENIA RAMOS GARCÍA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 43 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 36/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. VITALII MATSKOVYCH frente a FOGASA y VIT WEST, S.L. sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado Sentencia 100/2021, de su interés, pudiendo la parte tener conocimiento del acto integro mediante su comparecencia en el Juzgado, haciéndole saber asimismo que contra misma resolución cabe recurso de SUPLICACIÓN en el plazo de 5 días.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a VIT WEST, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Significo a V.I. que su inserción es gratuita, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6.4 de la ley 1/1.996 de 10 de enero de asistencia jurídica gratuita, por ser preceptiva su publicación y gozar de dicho beneficio, para su defensa en juicio, los trabajadores y beneficiarios de la Seguridad Social, según el artículo 2.d) de la ley citada.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintinueve de abril de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/16.027/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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