Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 126

Fecha del Boletín 
28-05-2021

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210528-155

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

155
Madrid número 24. Ejecución 94/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 94/2021 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de D./Dña. RAFAEL CARLOS CARRILLO GUERRERO frente a BACKINTIME SL, D./Dña. DANIEL PUERTA ARRANZ, LIVEMARKETS EAFI SA, MULTIACUERDO SL, LIVEMARKETS REALTY FINANCIAL PLANNING SL, PRIME SELECT SL, ADDICIONA MULTICOMERCIAL y LIFE MARKETS GESTION INMOBILIARIA XXI SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante D. RAFAEL CARLOS CARRILLO GUERRERO frente a MULTIACUERDOS SL, BACKINTIME SL, LIFE MARKETS GESTIÓN INMOBILIARIA XXI, SL, PRIME SELECT, SL, LIVEMARKETS EAFI, SA, ADDICIONA MULTICOMERCIAL, SL y LIFEMARKETS REALTY FINACIAL PLANNING SL de manera solidaria a las empresas codemandadas BACKINTIME, SL, LIFE MARKETS GESTIÓN INMOBILIARIA XX1 SL, PRIME SELECT SL, LIVEMARKETS EAFI, SA, MULTIACUERDOS SL, ADDICIONA MULTICOMERCIAL SL y LIFEMARKETS REALTY FINANCIAL PLANNING SL.

Notifíquese esta resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 LJS, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad Banco Santander número de cuenta 2522-0000-64-0090-21.

Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez.

D./Dña. JACOB JIMÉNEZ GENTIL

EL MAGISTRADO-JUEZ

Y

En Madrid, a treinta de abril de dos mil veintiuno.

Los anteriores escritos únanse a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en sentencia de fecha 18/09/2020, a las empresas BACKINTIME S.L., LIFE MARKETS GESTION INMOBILIARIA XXI S.L., PRIME SELECT S.L., LIVEMARKETS EAFI S.A., MULTIACUERDOS S.L., ADDICIONA MULTICOMERCIAL S.L. y LIFEMARKETS REALTY FINANCIAL PLANNING S.L., y de manera solidaria a las codemandadas BACKINTIME S.L., LIFE MARKETS GESTION INMOBILIARIA XXI S.L., PRIME SELECT S.L., LIVEMARKETS EAFI S.A., MULTIACUERDOS S.L., ADDICIONA MULTICOMERCIAL S.L. y LIFEMARKETS REALTY FINANCIAL PLANNING y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo Social, sito en C/ Princesa, 3 , Planta 8 - 28008, el día 10/06/2021, a las 11:40 horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

Sirviendo la notificación de esta resolución como citación en legal forma.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a LIVEMARKETS REALTY FINANCIAL PLANNING SL, MULTIACUERDOS SL y LIVEMARKETS EAFI SA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a treinta de abril de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/16.092/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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