Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 126

Fecha del Boletín 
28-05-2021

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210528-111

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

111
Madrid número 3. Procedimiento 979/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ESTEFANIA LEIRE HERRANZ GOMEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 3 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 979/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ANA ISABEL MARTINEZ DE PEDRO frente a LOVISA COMPLEMENTOS ESPAÑA SL y D./Dña. FOGASA sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

ESTIMAR la demanda promovida por doña Ana Isabel Martínez de Pedro frente a LOVISA COMPLEMENTOS ESPAÑA S.L. DECLARANDO LA NULIDAD DEL DESPIDO, declarándose la extinción de la relación laboral a fecha de la presente, 22 de abril de 2021, condenando a la empresa a abonar a la trabajadora la cantidad de 992,88 euros en concepto de indemnización.

Se condena a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 361,05 euros en concepto de indemnización por falta de preaviso.

Se condena a la demandada a abonar la cantidad de 150,43 euros por las vacaciones devengadas y no satisfechas.

Se aplicará a los salarios de tramitación el interés prevenido en el apartado tercero del artículo 29 del texto refundido del estatuto de los trabajadores, y a las cuantías indemnizatorias, el interés legal ordinario del dinero.

Notifíquese la presente Sentencia a las partes haciéndoles saber que no es firme y contra ella podrá interponerse recurso de suplicación en el plazo de cinco días a contar del siguiente a su notificación.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

El Magistrado D. FRANCISCO JOSE DEL POZO SANCHEZ

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a LOVISA COMPLEMENTOS ESPAÑA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiséis de abril de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/16.160/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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