Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 119

Fecha del Boletín 
20-05-2021

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210520-65

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PARLA

RÉGIMEN ECONÓMICO

65
Parla. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Convocatoria de ayudas del Ayuntamiento de Parla a autónomos y pequeñas empresas para reactivar el tejido económico en el municipio tras las medidas de confinamiento y suspensión de actividades derivadas del estado de alarma decretado para la gestión del COVID-19.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

BDNS (Identif.): 563663

Primero. Beneficiarios.—Serán beneficiarios de esta ayuda: trabajadores por cuenta propia y pequeñas empresas. Se considera pequeña empresa (anexo 1, Reglamento UE número 651/2014, “Pequeña empresa: empresa que ocupa a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios o cuyo balance general anual no supera los 10 millones de euros), que tenga establecido su domicilio fiscal o radique su centro de trabajo en el municipio de Parla, que haya visto afectado una minoración de su facturación en al menos un 35 por 100 de sus ingresos en 2020 respecto al 2019. Deberán cumplir requisitos establecidos en el artículo 3 de la convocatoria.

Segundo. Objeto.—El objeto de esta convocatoria es ofrecer, para el ámbito territorial del municipio de Parla, ayudas dirigidas a las personas trabajadoras por cuenta propia y a las pequeñas empresas de Parla que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria, con el fin de reactivar el tejido económico del municipio.

Tercero. Bases reguladoras.—Para la presente convocatoria resulta de aplicación la ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Parla, aprobada en pleno de fecha 28 de diciembre de 2004 y publicada definitivamente el día 8 de marzo de 2005 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como la página web municipal.

Cuarta. Cuantía.—El procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los criterios de valoración previamente fijados en las bases reguladoras y convocatoria, con el límite fijado en la convocatoria dentro del crédito disponible. La cuantía destinada a atender estas subvenciones asciende a un importe total de 400.000 euros del vigente presupuesto municipal, partida 43047901.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—La presentación de solicitudes y documentación complementaria deberá realizarse dentro de los veinte días hábiles siguientes a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Otros datos.—Se presentará una única solicitud, que deberá formularse en el modelo que figura en la presente convocatoria. La presentación de más de una solicitud conllevará la inadmisión de la solicitud de subvención para todas ellas.

En Parla, a 19 de abril de 2021.—La concejala delegada del Área de Cultura, Empleo, Formación, Inmigración e Interculturalidad, Gema García Torres.

(03/17.441/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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