Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 116

Fecha del Boletín 
17-05-2021

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210517-99

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6

99
Madrid número 6. Ejecución 68/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. Raquel Paz García de Mateos, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 6 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 68/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIO NAHUEL GALLARDO frente a MAC DRINK MUZAS LÓPEZ SL y MIRAMONTES TRADING SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

Se declara extinguida la relación laboral que unía a D. MARIO NAHUEL GALLARDO con MAC DRINK MUZAS LÓPEZ S.L. condenando a ésta última al abono al actor de las siguientes cantidades en concepto de indemnización y salarios de tramitación: Indemnización: 7.005,85 euros y Salarios de tramitación 64.922,2 euros.

Modo de impugnación: mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO SANTANDER; para pagos por transferencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 2504-0000-64-0068-21 y para pagos en ventanilla 2504-0000-64-0068-21.

Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez.

D./Dña. ISABEL SáNCHEZ PEÑA.

EL MAGISTRADO-JUEZ

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a MAC DRINK MUZAS LÓPEZ SL y MIRAMONTES TRADING SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diecinueve de abril de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/14.237/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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