Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 116

Fecha del Boletín 
17-05-2021

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210517-48

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BELMONTE DE TAJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

48
Belmonte de Tajo. Régimen económico. Modificación presupuestaria

Aprobados definitivamente, al no haberse presentado reclamaciones, los expedientes de modificaciones presupuestarias número 9/2021, en la modalidad de crédito extraordinario, y modificación presupuestaria número 10/2021, en la modalidad de transferencia de crédito entre aplicaciones de distinta área de gasto, que afectan al vigente presupuesto, y que fueron aprobadas inicialmente por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria celebrada el día 31 de marzo de 2021, y expuesto al público de forma inicial en anuncio insertado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 82, de 7 de abril de 2021.

A los efectos del artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se inserta resumen por capítulos del presupuesto, una vez incorporadas las modificaciones aprobadas y según el siguiente detalle:

Expediente de modificación de crédito número 9/2021 del presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado mediante bajas de créditos de otras aplicaciones del presupuesto vigente no comprometidas, sin que se vea perturbado el respectivo servicio, de acuerdo con el siguiente resumen por capítulos:

Expediente de modificación de crédito número 10/2021 del presupuesto en vigor, en la modalidad de transferencia de créditos entre aplicaciones del presupuesto vigente no comprometidas pertenecientes a áreas de gasto diferentes, de acuerdo con el siguiente resumen por capítulos:

Contra la aprobación definitiva de estos expedientes, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la inserción del presente anuncio, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o Juzgados de lo Contencioso de Madrid, con los requisitos y formalidades contemplados en el citado texto articulado.

Belmonte de Tajo, a 2 de mayo de 2021.—El alcalde, Amador Salinas Haro.

(03/16.127/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210517-48