Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 114

Fecha del Boletín 
14-05-2021

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210514-133

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

133
Madrid número 11. Procedimiento 692/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA LAURA FOJÓN CHAMORRO, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n.º 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 692/2020 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DOÑA DANIELA RAMÍREZ VALENCIA frente a BERNAL BERNAL HENRY sobre despidos/ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA 274/2020

En la Villa de Madrid, a 15 de diciembre de 2020.

Vistos por Dña. María del Pilar García de Zúñiga Marrero, Magistrada adscrita como refuerzo del Juzgado de lo Social n.º 11 de esta capital, los presentes autos seguidos por Despido, con n.º 692/2020, entre DOÑA DANIELA RAMÍREZ VALENCIA, como demandante, asistida y representada en el procedimiento por el Letrado Sr. Tamame Ruiz, y como demandada la empresa BERNAL BERNAL HENRY, que dejó voluntariamente de comparecer en los autos, pese a haber sido citado en legal forma, y con citación del Ministerio Fiscal.

FALLO

Estimando la demanda de despido formulada por DOÑA DANIELA RAMÍREZ VALENCIA, frente a la empresa BERNAL BERNAL HENRY, sobre despido, debo declara y declaro LA NULIDAD DEL DESPIDO verificado sobre dicha trabajadora con fecha 5 de junio de 2020, condenando a la demandada a su readmisión inmediata con las mismas condiciones laborales que disfrutaba con anterioridad al despido, así como al abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha de la efectividad del despido hasta la fecha de la readmisión a razón de 39,45 euros/día; y abono en concepto de indemnización adicional por vulneración de derecho fundamental de 6.251 euros.

Y estimando la demanda de despido formulada por DOÑA DANIELA RAMÍREZ VALENCIA, frente a la empresa BERNAL BERNAL HENRY, sobre cantidad, debo condenar y condeno a ésta a abonar a aquélla la cantidad de 512,85 euros.

Notifíquese la presente a la partes haciéndoles saber que contra esta Sentencia puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta 2509-0000-00-0692-20 del Banco Santander, aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el Banco Santander o presentar aval de entidad financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista y sin cuyos requisitos no podrá admitirse el recurso y quedará firme la sentencia.

Y para que sirva de notificación en legal forma a BERNAL BERNAL HENRY, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 12 de abril de 2021.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/14.099/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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