Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 113

Fecha del Boletín 
13-05-2021

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210513-90

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COSLADA NÚMERO 2

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Coslada número 2. Procedimiento 588/2019

EDICTO

Doña Fátima Sánchez Juan, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 2.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 588/2019, instados por Malcop, S. L., contra Excavaciones Acertamos 2010, S. L., en reclamación de 1385,53 euros, en los que se ha dictado en fecha 8 de septiembre de 2020 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Debo estimar y estimo íntegramente la pretensión seguida a instancias de don Antonio Ruiz De León Nacher, en cuanto administrador solidario de la mercantil Malcop, S. L., frente a la mercantil Excavaciones Acertamos 2010, S. L., condenando a esta al abono a la actora de la suma de 1.385,53 €, más los intereses legales correspondientes desde la fecha de la demanda hasta la sentencia, y desde ésta y hasta su completo pago, los intereses a que se refiere el artículo 576 LEC. Y costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes informándoles de que contra la misma no cabe recurso alguno.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

La anterior sentencia ha sido dictada, leída y publicada por la ilustrísima señora magistrada-juez abajo firmante, en el día de la fecha estando celebrando audiencia pública, de lo que doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada Excavaciones Acertamos 2010, S. L. y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Coslada, a 14 de septiembre de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/11.599/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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