Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 112

Fecha del Boletín 
12-05-2021

Sección 1.3.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210512-6

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, FAMILIAS, IGUALDAD Y NATALIDAD

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EXTRACTO de la Orden 594/2021, de 26 de abril, del Consejero de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, por la que se convocan subvenciones a proyectos ejecutados por entidades sin fin de lucro, dirigidos a población vulnerable de la Comunidad de Madrid para el año 2021.

BDNS (Identif.): 561964

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index

Primero

Beneficiarios

Entidades sin fin de lucro que ejecuten proyectos dirigidos a población vulnerable y que desarrollen su actividad en la Comunidad de Madrid.

Segundo

Objeto

Desarrollo de proyectos que estén dirigidos a la población vulnerable de la Comunidad de Madrid en general, o a grupos de población concretos, tales como la población asilada y desplazada. También se pretende con estas ayudas potenciar la colaboración entre entidades mediante redes que permitan unir sinergias y esfuerzos que multipliquen los efectos positivos de sus acciones. Finalmente se busca con estas ayudas potenciar la sensibilidad social, creando un clima favorable para que cualquier persona que resida en la Comunidad de Madrid pueda lograr su desarrollo personal en todas las facetas vitales.

Tercero

Bases reguladoras

Orden 1431/2016, de 2 de septiembre, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 213, de 6 de septiembre de 2016, modificada por la Orden 1345/2017, de 22 de agosto, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 202, de 25 de agosto de 2017 (corrección de errores mediante Orden 1386/2017, de 1 de septiembre, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 216, de 11 de septiembre de 2017) y por la Orden 300/2019, de 21 de marzo, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 77, de 1 de abril, y modificadas nuevamente por Orden 897/2020, de 24 de julio, de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, corrección de errores por Orden 1166/2020, de 17 de septiembre, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 232, de 24 de septiembre de 2020, por la que se modifican determinados artículos de la Orden 1431/2016, de 2 de septiembre.

Cuarto

Cuantía

La dotación de la convocatoria de subvenciones es de 3.625.000 euros, con cargo al subconcepto 48099, del programa 232E, del presupuesto de gastos de la Comunidad de Madrid para el año 2019, aprobado mediante Ley 9/2018, de 26 de diciembre, y prorrogado para el año 2021 mediante Decreto 122/2020, de 29 de diciembre.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

Veinte días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Madrid, a 26 de abril de 2021.

El Consejero de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, PS, el Consejero de Sanidad (Decreto 18/2021, de 10 de marzo, de la Presidenta), ENRIQUE RUIZ ESCUDERO

(03/16.517/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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