Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 111

Fecha del Boletín 
11-05-2021

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210511-142

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

142
Madrid número 34. Ejecución 35/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DON FERNANDO BENÍTEZ BENÍTEZ, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n.º 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 35/2021 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DOÑA MARILIN MARJORY CHUMPITAZI ESCALANTE frente a GRUPO TAKEIROS MÉXICO, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, DOÑA MARILIN MARJORY CHUMPITAZI ESCALANTE, frente a la demandada GRUPO TAKEIROS MÉXICO, S. L., parte ejecutada, por un principal de 8.944,31 euros (correspondiendo 3.086,94 euros a indemnización, 3.617,14 euros a salarios de tramitación y 2.240,23 euros como cantidades adeudadas), más 268,32 euros y 894,43 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

PARTE DISPOSITIVA

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:

Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Y para que sirva de notificación en legal forma a GRUPO TAKEIROS MÉXICO, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 15 de abril de 2021.

EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/13.453/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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