Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 110

Fecha del Boletín 
10-05-2021

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210510-91

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

91
Madrid número 3. Procedimiento 284/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARTA CIMADEVILLA ARGUELLO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 284/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. STANISLAV KRYVOKHATKO frente a ASG10 SL y FOGASA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

En Madrid a veinticinco de marzo de dos mil veintiuno.

Vistos por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nº 3, D./Dña. FRANCISCO JOSÉ DEL POZO SÁNCHEZ los presentes autos nº 284/2019 seguidos a instancia de D./Dña. STANISLAV KRYVOKHATKO contra ASG10 S.L. y FOGASA sobre Reclamación de Cantidad.

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente:

Ha dictado, de conformidad con lo establecido en el art. 50 de la L.R.J.S., la siguiente

SENTENCIA Nº 124/2021

FALLO

Estimar íntegramente la demanda interpuesta por D./Dña. STANISLAV KRYVOKHATKO frente a las demandadas ASG10 S.L. y FOGASA y en consecuencia, acuerdo condenar a la misma al abono de la cantidad de 817,41 euros, con el interés prevenido en el artículo 29.3 del T.R.E.T. y la responsabilidad subsidiaria del FOGASA para el supuesto de insolvencia

Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

EL MAGISTRADO

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ASG10 SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinticinco de marzo de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/13.156/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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