Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 110

Fecha del Boletín 
10-05-2021

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210510-105

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

105
Madrid número 8. Ejecución 96/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA RAQUEL PAZ GARCÍA DE MATEOS, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n.º 8 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 96/2020 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DON MARIANO FRAGAS SERRANO frente a FONDO DE GARANTÍA SALARIAL y HINOBEPA, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

— Auto de 1/10/2020 despachando orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, DON MARIANO FRAGAS SERRANO, frente a la demandada HINOBEPA, S. L., parte ejecutada, por las cantidades que se hacen constar en dicha resolución, sin perjuicio de su posterior liquidación, impugnable mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad Banco Santander 2506-0000-64-0096-20.

— Decreto de 1/10/2020 de medidas ejecutivas, en orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, contra el que cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación.

Resoluciones que se encuentran a disposición de la empresa en la Secretaría de esta oficina judicial para conocimiento de su completo contenido.

Y para que sirva de notificación en legal forma a HINOBEPA, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 13 de abril de 2021.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/13.207/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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