Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 108

Fecha del Boletín 
07-05-2021

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210507-72

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEMORILLO

RÉGIMEN ECONÓMICO

72
Valdemorillo. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/561555).

Al amparo de lo previsto en el apartado 4.a de la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, procede la no suspensión de los plazos durante la vigencia del estado de alarma, al ser considerado un procedimiento indispensable para el interés general y el funcionamiento básico de los servicios, al perseguir mejorar la situación económica de las familias y vecinos durante la crisis sanitaria (“Boletín Oficial del Estado” número 67, de 14 de marzo de 2020), y en uso de las facultades que me confiere el artículo 20 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 28 de abril de 2021, por el que aprueban inicialmente las bases reguladoras para la concesión de Ayudas municipales a autónomos y microempresas como consecuencia de la crisis sanitaria originada por el COVID-19, se expone al público dicho expediente durante el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de esta publicación, pudiendo examinarse en la página web del Ayuntamiento de Valdemorillo, en el tablón de anuncios y en el Portal de Transparencia y presentar las reclamaciones que se tengan por convenientes, quedando definitivamente aprobadas las bases en el supuesto de que durante tal plazo no se presentase ninguna, todo ello, de conformidad con lo previsto en los artículos 22.2.d) y 49 de la Ley 7/1985, sobre las Bases de Régimen Local, sin perjuicio de que deban ser íntegramente publicadas para su entrada en vigor.

En Valdemorillo, a 5 de mayo de 2021.—El alcalde-presidente, Santiago Villena Acedos.

(03/16.202/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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