Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 108

Fecha del Boletín 
07-05-2021

Sección 1.2.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210507-14

Páginas: 7


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD

14
RESOLUCIÓN de 29 de abril de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se aprueban las listas definitivas de admitidos y excluidos en el procedimiento para la renovación de los nombramientos de los Directores de centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid, convocados por Resolución de 11 de diciembre de 2020.

Por Resolución de 11 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Recursos Humanos, se convocó procedimiento para la renovación de los nombramientos de Directores de centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid, nombrados en virtud de las convocatorias realizadas por las resoluciones de la Dirección General de Recursos Humanos de 8 de abril de 2013 y de 10 de abril de 2017.

En la Resolución de 15 de enero de 2021, por la que se aprueban las listas provisionales de admitidos y excluidos en el citado procedimiento, se establece un plazo de diez días hábiles para subsanar sus solicitudes así como alegar los errores o defectos que hubieran observado en dichas listas provisionales de admitidos y excluidos. Finalizado dicho plazo y una vez examinadas las alegaciones presentadas, de conformidad con lo establecido en la base sexta de la Resolución de 11 de diciembre citada, esta Dirección General

HA RESUELTO

Primero

Relaciones definitivas de admitidos y excluidos

Aprobar la relación definitiva de admitidos y excluidos, según Anexos I y II, respectivamente, indicando el centro para el que han sido admitidos o las causas de exclusión, en su caso.

Segundo

Nombramientos y efectos

Los titulares de las Direcciones de Área Territorial, en virtud de la Resolución de 14 de junio de 2010, del Director General de Recursos Humanos, por la que se delegan competencias en los titulares de las Direcciones de Área Territorial y de los centros docentes públicos no universitarios dependientes de la Consejería de Educación e Investigación, formalizarán los nombramientos de los Directores que han sido renovados, por un período de tiempo de cuatro años, en base al artículo 136 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificado por el apartado ochenta y cinco del artículo único de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa.

Quienes al finalizar el presente curso académico no obtuvieran la valoración positiva citada en la base tercera, apartado b), de la Resolución de 11 de diciembre de 2020, decaerán del derecho a la renovación de su nombramiento.

Tercero

Nombramientos de Directores que no tengan destino definitivo en el centro para el que han sido nombrados

Estos Directores desempeñarán la labor de dirección en comisión de servicios. Tendrán derecho a la reserva del puesto en su destino definitivo, en tanto permanezcan en el ejercicio de dichas funciones.

Cuarto

Directores que no desean renovar el nombramiento

Los Directores que cumpliendo los requisitos establecidos en la base tercera de la Resolución de 11 de diciembre de 2020, no hayan solicitado la renovación de su nombramiento cesarán en el ejercicio de estas funciones en el centro en el que vinieran desarrollándolas, con efectos 30 de junio del 2021.

Quinto

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Organización Educativa en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, a 29 de abril de 2021.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel José Zurita Becerril.





















(03/15.792/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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