Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 107

Fecha del Boletín 
06-05-2021

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210506-111

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18

111
Madrid número 18. Procedimiento 260/2021

EDICTO

DON JOSÉ CARLOS GONZÁLEZ ARNAL, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción n.° 18 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves n.° 260/2021 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

SENTENCIA N.° 62/2021

En Madrid, a 16 de febrero de 2021, el Ilmo. Sr. don Ángel José Lera Carrasco, Magistrado-Juez del Juzgado de instrucción 18 de esta Ciudad Madrid, habiendo visto los autos de procedimiento de delitos leves, tramitados con el número 260/2021, sobre el presunto delito de hurto, con la intervención del Ministerio Fiscal, en representación de la acción pública, y como implicados de Primark y de doña Agustina Marleni de la Nieve Mata.

FALLO

Que debo condenar y condeno a doña Agustina Marleni de la Nieve Mata, como autora de un delito leve de hurto, en grado de tentativa, a la pena de multa de 15 días, con una cuota diaria de 2 euros, y con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, y al pago de las costas de este procedimiento, dejando sin efecto el depósito constituido sobre los efectos, que quedarán de plena propiedad del establecimiento.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, a interponer en este Juzgado en el término de cinco días.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a DOÑA AGUSTINA MARLEN DE LA NIEVE MATAS, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.

En Madrid, a 9 de abril de 2021.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/12.847/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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