Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 99

Fecha del Boletín 
27-04-2021

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210427-127

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 3

127
Navalcarnero número 3. Procedimiento 691/2018

EDICTO

Dña. Rosa Ana Ortega López Rey, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 3.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 691/2018, instados por la procuradora Dña. Epifanía Esther Ginés García-Moreno, en nombre y representación de la comunidad de propietarios de la calle San Roque, número 20, antes 16 (Navalcarnero), contra Dña. Ana María Rodríguez Hoyo y D. Luis Arturo Velasco Alonso, en los que se ha dictado, en fecha 8 de marzo de 2021, sentencia, cuyo fallo es la siguiente:

Fallo

Estimo íntegramente la demanda formulada por la procuradora de los Tribunales doña Epifanía Esther Ginés García Moreno, en nombre y representación de la comunidad de propietarios de la calle San Roque, número 20 (antes 16) de Navalcarnero, declaro haber lugar a ella y, en consecuencia, condeno a don Luis Arturo Velasco Alonso y doña Ana María Rodríguez Hoyo a abonar de forma solidaria a la demandante la cantidad de cuatro mil ciento sesenta y cinco euros con siete céntimos (4.165,07 euros), más los intereses legales que para las cuotas devengadas hasta el 15 de octubre de 2018 se calcularán desde la interposición de la demanda el 2 de noviembre de 2018 y para las posteriores, desde el momento del vencimiento de cada una de ellas.

Condeno a don Luis Arturo Velasco Alonso y doña Ana María Rodríguez Hoyo al pago de las costas devengadas en la tramitación del procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de veinte días, a contar desde el siguiente a su notificación, siendo competente para su conocimiento y resolución la Audiencia Provincial de Madrid.

Líbrese y únase testimonio de la presente resolución a las actuaciones con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Así, por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Dña. Ana María Rodríguez Hoyo y D. Luis Arturo Velasco Alonso y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la L. E. C., se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Navalcarnero, a 18 de marzo de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/10.046/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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