Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 98

Fecha del Boletín 
26-04-2021

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210426-88

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDETORRES DE JARAMA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Valdetorres de Jarama. Régimen económico. Padrones fiscales

Por Decreto de Alcaldía 218/2021, de fecha 12 de abril de 2021, y Decreto de Alcaldía 228/2020, de 13 de abril de 2021, respectivamente, han sido aprobados inicialmente los padrones correspondientes al ejercicio 2021 de los impuestos que a continuación se relaciona:

— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica, ejercicio 2021.

— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, ejercicio 2021.

Dicho padrón se encontrará en la Oficina Municipal de Recaudación por espacio de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual podrán examinarlo, pudiendo interponer recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde la finalización del período de exposición pública del padrón.

Durante los días hábiles comprendidos entre el 7 de octubre al 7 de diciembre de 2021 estarán puestos al cobro en período voluntario los recibos del presente ejercicio correspondientes al tributo anteriormente mencionado.

Los contribuyentes afectados por los mismos podrán realizar el pago de los recibos en cualquiera de las siguientes entidades de depósito: Bankia y La Caixa, pudiendo solicitar duplicado del recibo en la Oficina Municipal de Recaudación, sita en plaza Constitución, número 1.

Los recibos con domiciliación bancaria se cargarán en cuenta el día 7 de diciembre de 2021.

Asimismo, se recuerda a los contribuyentes que pueden hacer uso de la domiciliación de pago a través de entidades bancarias o cajas.

El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario, sin haber sido satisfecha la deuda, determinará el inicio del período ejecutivo, el devengo del recargo de apremio y los intereses de demora de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 161 de la Ley General Tributaria.

Este anuncio tiene el carácter de notificación colectiva a todos los interesados, de conformidad con lo establecido en el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Valdetorres de Jarama, a 13 de abril de 2021.—El secretario-interventor, Suceso Tribaldos Martínez.

(01/13.090/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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