Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 93

Fecha del Boletín 
20-04-2021

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210420-108

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5

108
Madrid número 5. Ejecución 1/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. Laura Carrión Gómez, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 5 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 1/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. PABLO MORALES CALDERÓN frente a ABOGACÍA DEL ESTADO, BFREE INCOMING S.L., FONDO DE GARANTÍA SALARIAL y IRIS ASESORES INFORMÁTICOS SA sobre Ejecución Provisional se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a ocho de enero de dos mil veintiuno.

La pongo yo, el/la Letrado/a de la Admón. de Justicia para dejar constancia de que en fecha29/12/2020, se ha presentado el anterior escrito presentado por D./Dña. PABLO MORALES CALDERÓN, en que se solicita la ejecución provisional de la sentencia dictada en los presentes autos. Doy fe.

Diligencia de ordenación, el/la letrado/a de la Admón. de Justicia, D./Dña. María José Villagrán Moriana.—En Madrid, a ocho de enero de dos mil veintiuno.

A la vista del anterior escrito de solicitud de ejecución provisional presentado por D./Dña. PABLO MORALES CALDERÓN, acuerdo abrir la pieza separada de ejecución provisional, que se encabezará con un testimonio de la sentencia a ejecutar, uniendo el escrito de solicitud de la ejecución provisional y la presente resolución, y dese traslado del anterior escrito a la contraparte y a la Abogacía del Estado por plazo de cinco días a fin de que puedan efectuar las alegaciones que estimen oportunas. Una vez formuladas dichas alegaciones o transcurrido el plazo concedido sin verificarlas, se resolverá lo procedente.

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art. 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación en legal forma a BFREE INCOMING SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintitrés de marzo de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/10.527/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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