Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 92

Fecha del Boletín 
19-04-2021

Sección 1.3.112.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210419-25

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CIENCIA, UNIVERSIDADES E INNOVACIÓN

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ORDEN 140/2021, de 8 de abril, del Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación por la que se autoriza la desadscripción de la Escuela Universitaria de Profesorado ESCUNI a la Universidad Complutense de Madrid.

Los centros de Educación Superior son centros universitarios adscritos mediante convenio a una universidad pública o privada, para impartir estudios conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, según lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica de Universidades.

La Escuela Universitaria de Profesorado ESCUNI se adscribió a la Universidad Complutense de Madrid mediante Real Decreto 1625/1978, de 2 de mayo. Actualmente se imparten las enseñanzas conducentes al Grado en Maestro en Educación Infantil y al Grado en Maestro en Educación Primaria.

La Universidad Complutense de Madrid ha solicitado, con fecha 15 de septiembre de 2020, la desadscripción del referido centro, a iniciativa de este. A tal efecto, la universidad ha suscrito un convenio de desadscripción con la entidad titular del referido centro, en el que se regulan los efectos de la misma. Asimismo, se ha suscrito una adenda en la que se establece el inicio del proceso de extinción de enseñanzas, con efectos del curso 2022-2023, salvo que en ese curso el centro no haya iniciado su actividad en calidad de centro adscrito a otra universidad. En este caso, las partes han acordado posponer los efectos de la extinción.

De acuerdo con el artículo 11 de la Ley Orgánica de Universidades, el convenio de desadscripción y su adenda han sido aprobados por el Consejo de Gobierno de la Universidad Complutense de Madrid, con el informe favorable del Consejo Social de la misma, correspondiendo a la Comunidad de Madrid la autorización de la desadscripción.

Por otra parte, de acuerdo con el artículo 5.a) de la Ley 4/1998, de 8 de abril, de Coordinación Universitaria, de la Comunidad de Madrid, la propuesta de desadscripción se ha informado en el Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid, en la sesión de su Comisión de Planificación y Coordinación Universitaria de 5 de marzo de 2021.

En virtud de todo lo expuesto, y de conformidad con el Decreto 284/2019, de 5 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación,

DISPONGO

Primero

Desadscripción

1. Autorizar la desadscripción a la Universidad Complutense de Madrid de la Escuela Universitaria de Profesorado ESCUNI.

2. Las enseñanzas que se extinguen son las correspondientes al Grado en Maestro en Educación Infantil y Grado en Maestro en Educación Primaria.

Segundo

Calendario de extinción

1. La extinción de las enseñanzas se hará de manera progresiva y comenzará en el curso 2022-2023, en el que no se podrán matricular alumnos de nuevo ingreso en el primer curso completo de las enseñanzas referidas en la disposición anterior.

Los alumnos matriculados en el centro podrán finalizar las enseñanzas referidas, conforme a las reglas generales para la extinción de los planes de estudios, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional novena de la Ley Orgánica de Universidades y de acuerdo con lo dispuesto en el convenio suscrito entre la universidad y la entidad promotora y las previsiones contenidas en los planes de estudio verificados por el Consejo de Universidades.

2. No obstante con lo dispuesto en el apartado anterior, de acuerdo con la adenda al convenio de desadscripción firmado entre la universidad y la entidad titular del centro adscrito, se podrán posponer los efectos del inicio de la extinción de las referidas enseñanzas, en el caso de que para el curso 2022-2023 el centro no hubiera iniciado su actividad como centro adscrito a otra universidad. Esta circunstancia deberá ponerse en conocimiento de la Comunidad de Madrid con antelación, para su aprobación.

Tercero

Custodia de expedientes y certificaciones académicas

De acuerdo con lo previsto en la cláusula quinta del convenio, los expedientes y las actas oficiales de los alumnos que hayan estudiado en el referido centro serán custodiados en la Universidad Complutense de Madrid y sus certificaciones oficiales serán expedidas por la misma.

Cuarto

Recursos

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, o impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan instar cualquier otro recurso que estimen pertinente.

En Madrid, a 8 de abril de 2021.

El Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, PS, el Consejero de Educación y Juventud (Decreto 20/2021, de 10 de marzo, de la Presidenta), ENRIQUE OSSORIO CRESPO

(03/12.668/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.112.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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