Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 92

Fecha del Boletín 
19-04-2021

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210419-24

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD

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RESOLUCIÓN conjunta de 8 de abril de 2021, de las Direcciones Generales de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio y de Recursos Humanos, por la que se aprueba la lista definitiva de los candidatos que han superado la prueba de aptitud para la obtención de la acreditación para impartir el currículo de Inglés Avanzado en los institutos bilingües y en los centros privados concertados autorizados para impartir el Programa Bilingüe en Educación Secundaria de la Comunidad de Madrid, convocada por Resolución conjunta de 29 de diciembre de 2020.

De conformidad con la Orden 1317/2015, de 7 de mayo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula el procedimiento de acreditación para impartir el currículo de Inglés Avanzado en los institutos bilingües y en los centros privados concertados autorizados para impartir el Programa Bilingüe en Educación Secundaria de la Comunidad de Madrid, se publicó mediante Resolución conjunta de 29 de diciembre de 2020, de las Direcciones Generales de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio y de Recursos Humanos, la convocatoria de los procedimientos para la obtención de la acreditación para impartir el currículo de Inglés Avanzado. En dicha convocatoria se regulan dos procedimientos de acreditación: Por estar en posesión de titulaciones específicas o mediante la superación de una prueba de aptitud.

En dicha convocatoria se regulan dos procedimientos de acreditación: Por estar en posesión de titulaciones específicas o mediante la superación de una prueba de aptitud. Habiéndose llevado a cabo, según lo dispuesto en la base séptima de la aludida Resolución, el procedimiento mediante la superación de una prueba de aptitud, y una vez finalizado el mismo, se procede a la aprobación de la lista definitiva de los candidatos que han superado la prueba.

Vista la lista definitiva de aptos, ordenada alfabéticamente, elevada por las Comisiones de evaluación a la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, a la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio y a la Dirección General de Recursos Humanos, en virtud de las atribuciones recogidas en la base 7.10 de la Resolución de convocatoria,

RESUELVEN

Primero

Lista definitiva de candidatos que han superado el procedimiento para la obtención de la acreditación para impartir el currículo de Inglés Avanzado

Aprobar la lista definitiva de los candidatos que, en aplicación de lo establecido en la Orden 1317/2015, de 7 de mayo, y la Resolución conjunta de 29 de diciembre de 2020, han superado el procedimiento para la obtención de la acreditación para impartir el currículo de Inglés Avanzado, mediante la superación de la prueba de aptitud, que se incluye como Anexo a esta Resolución.

De acuerdo con lo establecido en la base 7.10 de la citada Resolución de 29 de diciembre de 2020, se declaran desestimadas las alegaciones presentadas a la lista provisional por aquellos candidatos que no se encuentren incluidos en el listado de aptos.

Segundo

Validez y Certificado de la acreditación para impartir el currículo de Inglés Avanzado

Los efectos de la acreditación serán válidos desde el día siguiente a la emisión de la acreditación correspondiente y quedará sin efecto cuando hayan transcurrido cinco cursos escolares consecutivos completos sin que el docente acreditado imparta la materia de Inglés, tal y como establece el artículo 6.2 de la citada Orden 1317/2015, de 7 de mayo.

Aquellos candidatos que figuran en el Anexo de esta Resolución podrán recoger los correspondientes Certificados acreditativos según las siguientes indicaciones:

a) A los candidatos que han obtenido la acreditación de centros públicos les será remitido el Certificado acreditativo a través del Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid (NOTE). A tal fin, deberán darse de alta siguiendo las instrucciones establecidas en el portal de la Comunidad de Madrid: www.comunidad.madrid, siguiendo la ruta: “Administración electrónica: Punto de acceso general”, “Notificaciones electrónicas. Más información”.

Una vez que el candidato se haya dado de alta, podrá mandar un correo a inglesavanzado@madrid.org solicitando la acreditación, indicando su DNI y le será remitida dicha acreditación a través del Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

La notificación por medios electrónicos se entenderá rechazada cuando hayan transcurrido diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.

b) A los candidatos de los centros privados concertados, la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, remitirá, a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, al propio centro el certificado acreditativo a través del servicio de notificaciones electrónicas (NOTE), pudiendo el interesado recogerlo en el mismo.

En el caso de que el candidato desee ser notificado por un medio diferente, podrá solicitarlo mediante un correo electrónico dirigido a la siguiente dirección: convocatoriasconcertada@madrid.org

Tercero

Recursos

De conformidad con los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Política Educativa y Ciencia en el caso de los profesores de centros privados concertados y ante la Viceconsejería de Organización Educativa para los profesores de centros públicos, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

Madrid, a 8 de abril de 2021.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel José Zurita Becerril.—La Directora de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, María Mercedes Marín García.—El Director General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, Manuel Bautista Monjón.



(03/12.914/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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