Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 92

Fecha del Boletín 
19-04-2021

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210419-183

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

183
Madrid número 39. Ejecución 157/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA JOSÉ VILLAGRÁN MORIANA, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 39 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 157/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. LUIS MEDINA GUZMAN frente a TRAVEL GEST SL y FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado auto de fecha 20-1-21 con la parte dispositiva siguiente:

“PARTE DISPOSITIVA

Procede fijar la cantidad en concepto de salarios de tramitación de despido improcedente a favor de la ejecutante D. Luis Medina Guzmán, con cargo a la ejecutada TRAVEL GEST S.L., en la cifra de 3.481,30 euros, sin perjuicio de la regularización por las prestaciones de desempelo que proceda hacer, en su caso, al ejecutante frente al Servicio Público de Empleo.

Notifíquese a las partes la presente resolución, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición, con las formalidades legales.

Así lo acuerda y manda, la Magistrada Juez”.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a TRAVEL GEST SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciocho de marzo de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/10.414/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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