Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 92

Fecha del Boletín 
19-04-2021

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210419-129

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

129
Madrid número 12. Procedimiento 1340/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 12 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 1340/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ROSAURA DE LOURDES BOLAÑOS MARTINEZ frente a CONSEJERIA ALGORITMO LOGARITMO Y SERVICIOS A URBANIZACIONES SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado Decreto de admisión a trámite y citación a juicio cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

1.- Tener por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, registrándose en el libro registro correspondiente.

2.- Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria la audiencia del día 16/03/2022, a las 09:15 h., en la Sala de Audiencia de este Juzgado que se sustanciara por las reglas del procedimiento de Procedimiento Ordinario.

La parte actora comparecerá al acto del juicio asistida de letrado.

Cítese a las partes para dicho acto, dando traslado a la parte demandada de copia de la demanda y de los documentos acompañados, así como del de subsanación.

Consúltense los registros oportunos de la base de datos informática de la oficina judicial si fuera necesario para la localización de las partes.

ADVIÉRTASE A LAS PARTES:

1.- Que deben concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse

2.- Que si el demandante citado en forma no comparece, ni alega justa causa que se lo impida, se le tendrá por desistido de la demanda

3.- Que la incomparecencia injustificada del demandado, citado en forma no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía.

4.- Advertir a las partes que el aforo máximo del edificio a fin de permitir el cumplimiento del requisito de distancia interpersonal de 2 metros, ha quedado fijado por el Acuerdo Gubernativo 232/2020 en 680 personas, cuando la afluencia diaria en situaciones de normalidad oscila entre 3.000 y 3.500 personas de media diaria. Se establecerán medidas para el estricto cumplimiento del citado aforo, impidiendo el acceso de cualquier persona a la sede judicial una vez superado el aforo máximo, hasta que se alivie el número de personas ubicadas en el interior de la sede judicial.

Como es preciso en la medida de lo posible evitar el riesgo de aglomeraciones en la sede judicial, resulta necesario, entre otras cosas, reducir los tiempos innecesarios de espera entre señalamientos y. por ello se informa a las partes que es necesario citación judicial previa y que deberán cumplir cuantas disposiciones establezcan el personal de seguridad del edificio. deberán ser puntuales y acudir dotados de los epis necesarios, siendo obligatorio el uso de mascarilla.

Asimismo se requiere a las partes para que aporten al juzgado los siguientes datos en el plazo de 4 días:

Teléfono móvil y/o correo electrónico al que poder dirigirnos para contactar con partes, profesionales, testigos y peritos en caso de ser necesario, en aplicación de lo establecido en el referido RDL 16/2020 de 28 de abril (art. 23).

Si con anterioridad al señalamiento, ambas partes tienen la intención de llegar a un acuerdo (conciliación anticipada) no resultará necesario comparecer personalmente en el Juzgado, pudiendo presentarse con carácter previo escrito conjunto donde se recojan los términos del acuerdo y por este Juzgado, se procederá a su aprobación sin que sea necesario su ratificación (artículo 82.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

5.- Pónganse los autos en presencia de S.Sª Ilma. a fin de que resuelva sobre la prueba propuesta.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso ( art 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a CONSEJERIA ALGORITMO LOGARITMO Y SERVICIOS A URBANIZACIONES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintidós de marzo de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/10.305/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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