Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 89

Fecha del Boletín 
15-04-2021

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210415-64

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

64
Madrid. Sala de lo Social. Sección Tercera. Procedimiento 75/2021

SALA DE LO SOCIAL

Sección Tercera

EDICTO

Dª. Mª Paloma Muñiz Carrión, Letrada de la Administración de Justicia de la Sala de lo Social, Sección Tercera, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Hago saber que en esta Sala se sigue el Recurso de Suplicación 75/2021, formalizado por el letrado D. MARTIN OCHOA DIAZ en nombre y representación de D. JESUS DAVID MONTAÑO MARTINEZ, contra la sentencia de fecha 06/02/2020 dictada por el Juzgado de lo Social nº 9 de Madrid en sus autos númeroDespidos / Ceses en general 1260/2019, seguidos a instancia de D. JESUS DAVID MONTAÑO MARTINEZ frente a ZAFIR INNOVA SL, FOGASA y TITAN ENTERTAINMENT SA, en el que se ha dictado Sentencia de fecha * cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

“Estimamos el recurso de suplicación interpuesto por don JESÚS DAVID MONTAÑO MARTÍNEZ, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 9 de los de Madrid de 6 de febrero de 2020, en autos número 1260/2019, seguidos a instancia del recurrente contra TITAN ENTERTAINMENT SA, ZAFIR INNOVA SL y el FOGASA y en su consecuencia revocamos en parte aquélla, y condenamos solidariamente a las demandadas a indemnizar al trabajador en la suma de 2.890,47 euros y al abono de los salarios de tramitación devengados entre el 16 de octubre de 2019 y el 6 de febrero de 2020 a razón de 43,80 euros diarios, manteniendo el resto de los pronunciamientos de la sentencia de instancia. Sin costas.

(...)

MODO DE IMPUGNACIÓN: Se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para la unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta Sala de lo Social dentro del improrrogable plazo de DIEZ DÍAS hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de esta sentencia”.

Y para que sirva de notificación a TITAN ENTERTAINMENT SA, actualmente en domicilio desconocido o ignorado paradero, expido y firmo la presente en Madrid, a 17 de marzo de 2021.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/9.965/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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