Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 87

Fecha del Boletín 
13-04-2021

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210413-89

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 1

89
Madrid número 1. Procedimiento 422/2016

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) 422/2016, entre Sociedad General de Autores y Editores, Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales y Artistas 1 y don Jairo Rodrigo Guadalupe Amagua, en reclamación de cantidad, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 34/2021

En Madrid, a 25 de enero de 2021.—Vistos por don Carlos Nieto Delgado, magistrado del Juzgado de lo mercantil número 1 de esta ciudad, los presentes autos de juicio verbal registrados con el número 422/2016, seguidos a instancias de Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales (AGEDI) y Asociación Artistas, Intérpretes o Ejecutantes Sociedad de Gestión de España (AIE), que comparecen representadas por la procuradora de los tribunales doña Silvia Urdiales González, contra don Jairo Rodrigo Guadalupe Amagua, en situación de rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad, entidades de gestión.

Fallo

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales (AGEDI) y Asociación Artistas, Intérpretes o Ejecutantes Sociedad de Gestión de España (AIE), contra don Jairo Rodrigo Guadalupe Amagua por lo que:

1) Debo declarar y declaro que don Jairo Rodrigo Guadalupe Amagua, debe satisfacer por un lado a la Sociedad General de Autores (SGAE), en concepto de indemnización conforme a lo establecido en el artículo 140 TRLPI por la comunicación pública de obras llevada a cabo sin autorización en el establecimiento denominado “GOA” sito en calle del Pilar, número 29, de San Sebastián de los Reyes, 28770 Madrid, y por el período comprendido entre el mes de septiembre de 2015 y el mes de febrero de 2018, ambos inclusive, la cantidad de 663,49 euros, IVA incluido, y conjuntamente a las entidades Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales (AGEDI) y a la Asociación Artistas, Intérpretes o Ejecutantes Sociedad de Gestión de España (AIE) en concepto de remuneración equitativa y única por la comunicación pública de fonogramas llevado a cabo en el establecimiento del demandado para la amenización del mismo, y por el período comprendido entre el mes de septiembre de 2015 y el mes de febrero de 2018, ambos inclusive, de acuerdo con las tarifas generales de dichas entidades, la cantidad de 232,25 euros, IVA incluido.

2) Debo condenar y condeno a la demandada al pago a la parte actora de las expresadas cantidades, más intereses legales desde la interpretación judicial y costas.

Notifíquese a las partes personadas.

Contra esta sentencia no cabe recurso alguno (artículo 455.1 LEC).

Y para que sirva de notificación a don Jairo Rodrigo Guadalupe Amagua, expido y firmo la presente en Madrid, a 25 de enero de 2021.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/6.141/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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