Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 87

Fecha del Boletín 
13-04-2021

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210413-46

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLLADO VILLALBA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Collado Villalba. Régimen económico. Padrones fiscales

Aprobados los padrones de la tasa de recogida de basuras, período 2021, y de la tasa por la instalación de quioscos en la vía pública, período 2021, y conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la vigente Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección, queda expuesto al público durante el plazo de veinte días para su examen y reclamación por parte de los interesados.

Contra las deudas consignadas en el padrón contributivo y notificado colectivamente mediante el presente anuncio, los interesados podrán interponer, ante el concejal de Hacienda, recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 21 y 22 de la vigente Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección, se inicia el período de pago en voluntaria de los mencionados padrones:

— Tasa de recogida de basuras: desde el día 5 de abril al día 30 de junio de 2021.

— Tasa por la instalación de quioscos en la vía pública: desde el día 5 de abril al día 31 de mayo de 2021.

Transcurrido el período de pago en voluntaria citado, las deudas serán exigidas por el procedimiento ejecutivo de apremio y devengarán el recargo de apremio, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

Lugar de pago: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Banco Santander, CaixaBank y Bankia.

Collado Villalba, a 25 de marzo de 2021.—La alcaldesa-presidenta, María Dolores Vargas Fernández.

(01/11.381/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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