Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 86

Fecha del Boletín 
12-04-2021

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210412-82

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

82
Madrid número 2. Procedimiento 410/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA LAURA CARRIÓN GÓMEZ, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo Social n.º 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 410/2019 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DOÑA MARÍA INMACULADA PÉREZ CASCÓN frente a MEDICAL GLOBAL INVESTMENTS, S. L., y ERNST & YOUNG ABOGADOS, S. L. P., sobre procedimiento ordinario se ha dictado sentencia y auto de aclaración cuya parte dispositiva en del tenor siguiente:

En Madrid a 9 de diciembre de 2020.

Vistos por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social n.º 2, DOÑA MARÍA DEL CARMEN CANO MARTÍNEZ los presentes autos n.º 410/2019 seguidos a instancia de DOÑA MARÍA INMACULADA PÉREZ CASCÓN contra MEDICAL GLOBAL INVESTMENTS, S. L,. sobre reclamación de cantidad.

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente

SENTENCIA N.º 297/2020

FALLO

Estimo parcialmente la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por doña Paloma de la Peña Barroso frente a la empresa Medical Global Investments, S. L. sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que le abone 2.627,85 euros y el abono del 10% de interés por mora (135,70 euros).

AUTO

En Madrid, a 3 de marzo de 2021.

ANTECEDENTES DE HECHOS

Único.—Por la Letrada DOÑA PALOMA DE LA PEÑA BARROSO en nombre de la demandante DOÑA INMACULADA PÉREZ CASCÓN se presentó escrito el 1/3/2021 en el que solicitó la aclaración de la sentencia n.º 297/2020 al constar en el fallo el nombre de la Letrada en lugar del nombre de la persona demandante.

PARTE DISPOSITIVA

Debo acordar y acuerdo la aclaración de la sentencia n.º 297/2020 dictada en los autos 410/2019, en el sentido que el fallo de la resolución tendrá la siguiente redacción:

Estimo parcialmente la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por DOÑA INMACULADA PÉREZ CASCÓN frente a la empresa Medical Global Investments, S. L., manteniendo el resto del pronunciamiento

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez.

DOÑA MARÍA DEL CARMEN CANO MARTÍNEZ

Y para que sirva de notificación en legal forma a MEDICAL GLOBAL INVESTMENTS, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 3 de marzo de 2021.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/9.433/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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