Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 83

Fecha del Boletín 
08-04-2021

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210408-75

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAVIEJA DEL LOZOYA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

75
Villavieja del Lozoya. Organización y funcionamiento. Delegación de funciones

Por resolución de Alcaldía 58/2021, de 25 de marzo, se han acordado los acuerdos que se transcriben a continuación:

Vista la resolución de la Alcaldía 209/2020, de 22 de diciembre, por la que se acordó entre otros el siguiente acuerdo que copiado literalmente dice:

“Primero.—Delegar en doña María Rocío Prieto Blázquez, teniente alcalde de este Ayuntamiento, la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, durante el período comprendido entre el 24 de diciembre de 2020 y mientras la alcaldesa permanezca en situación de incapacidad temporal y disfrute de su futuro permiso/descanso por maternidad”.

Teniendo en cuenta que la situación de incapacidad temporal y disfrute de permiso/descanso por maternidad de esta Alcaldía, ha finalizado, resuelvo:

Primero.—Dejar sin efecto la delegación de la totalidad de las funciones de la Alcaldía en la teniente de alcalde doña María Rocío Prieto Blázquez, asumiendo, de nuevo, todas las funciones que corresponden a mi cargo desde el día de hoy.

Segundo.—La presente resolución será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre.

En Villavieja del Lozoya, a 25 de marzo de 2021.—La alcaldesa, Aranzazu Reguera Carretero.—Tomo razón para su inscripción en el Libro de Decretos, el secretario, Carlos Luis Ruiz-Ayúcar de Merlo.

(03/11.127/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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