Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 81

Fecha del Boletín 
06-04-2021

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210406-94

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 47

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Madrid número 47. Procedimiento 187/2017

EDICTO

En el presente procedimiento de juicio verbal número 187/2017, seguido a instancias de Retrotrado, S. L., frente a Casamisura, S. L., se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia número 79/2019

En Madrid, a 13 de marzo de 2019.—Doña María del Rocío Montes Rosado, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 47 de Madrid, vistos los presentes autos de juicio verbal, seguido ante este Juzgado bajo el número 187/2017, en el cual han sido parte demandante la mercantil Retrotrado, S. L., representada por la procuradora doña Isabel Covadonga Julia Corujo y asistida por la letrada doña Miriam García Huarte, y parte demandada la mercantil Casamisura, S. L., en situación de rebeldía procesal, ha dictado sentencia sobre la base de los siguientes

Fallo

Que, estimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora doña Isabel Julia Corujo, en representación de la mercantil Retrotrado, S. L., debo condenar y condeno a la empresa Casamisura, S. L., al pago de la suma de 4.972,02 euros, más los intereses devengados desde la presentación de la demanda, y al abono de las costas del procedimiento.

Esta sentencia no es firme, y contra la misma cabe recurso de apelación, a interponer por escrito ante este Juzgado en término de veinte días desde el siguiente al de su notificación, para ante la Audiencia Provincial de Madrid.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado y por resolución de esta fecha y de conformidad con lo establecido en el artículo 497.2 de la LEC se ha acordado la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para llevar a efecto la diligencia de notificación al demandado rebelde Casamisura, S. L.

En Madrid, a 20 de octubre de 2020.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia.

(02/30.697/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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