Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 81

Fecha del Boletín 
06-04-2021

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210406-92

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 35

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Madrid número 35. Procedimiento 305/2017

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario 305/2017 entre Dña. Amparo Tejada García e Investigación y Desarrollo Turístico del Mediterráneo, S. L., en reclamación de cantidad, en cuyos autos se ha dictado sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Estimar íntegramente la demanda interpuesta por D.a Ana Prieto Lara-Barahona, en nombre y representación de D.a María Amparo Tejada García contra Investigación y Desarrollo Turístico del Mediterráneo, S. L. (Indestur, S. L.) y, en consecuencia, declarar nulo el contrato de compraventa N.a ID 129/2002 celebrado en fecha de 19 de septiembre de 2002 y, por ende, de la escritura pública de compraventa, debiendo las partes restituirse recíprocamente las prestaciones que fueron objeto del mismo y CONDENAR a la parte demandada a abonar el interés legal en los términos establecidos en el fundamento jurídico 4.o de la presente resolución. Todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Esta resolución ha sido redactada en base al borrador elaborado por la Jueza en prácticas D.a Patricia Bocanegra Vizcaíno bajo la supervisión del magistrado-juez D. César Tejedor Freijó, de conformidad con el Reglamento de la Escuela Judicial.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la LEC), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2529-0000-04-0305-17 de esta Oficina Judicial de la cuenta general de Depósitos y Consignaciones abierta en Banco de Santander.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de la Instancia número 35 de Madrid, y en el campo “observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos 2529-0000-04-0305-17.

No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (LO 1/2009, disposición adicional 15).

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—El juez/magistrado-juez.

Y para que sirva de notificación a Investigación y Desarrollo Turístico del Mediterráneo, S. L., expido y firmo la presente en Madrid, a 12 de noviembre de 2020.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/9.926/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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