Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 81

Fecha del Boletín 
06-04-2021

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210406-120

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 12

120
Madrid número 12. Procedimiento 70/2015

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario 70/2015 entre Makro Autoservicio Mayorista, S. A., y D. José García Parriego y Gesmonides, S. L., en reclamación de cantidad de 13.074,01 euros, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que, estimando íntegramente la demanda interpuesta por Makro Autoservicio Mayorista, S. A., frente a Gesmonides, S. L., y D. José García Parriego, debo condenar y condeno a los demandados a abonar solidariamente a la parte demandante las siguientes cantidades:

1) La cantidad de trece mil setenta y cuatro euros con un céntimo (13.074,01 euros).

2) Dicha cantidad será incrementada con los intereses de demora previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, de lucha contra la morosidad.

Se imponen las costas de este procedimiento a la parte demandada.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndolas de que contra la misma podrán interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, que será resuelta por la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid.

Así, por esta mi sentencia, que pronuncio, mando y firmo.

Diligencia de publicación.—En el día de la fecha, el magistrado-juez que suscribe la presente resolución ha procedido a publicarla mediante íntegra lectura, constituido en audiencia pública, de lo que yo, la letrada de la Administración de Justicia. Doy fe.

Y para que sirva de notificación a Gesmonides, S. L., con CIF B85637833, expido y firmo la presente en Madrid, a 17 de febrero de 2020.—El letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).

(02/10.314/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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