Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 80

Fecha del Boletín 
05-04-2021

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210405-78

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

78
Madrid número 2. Procedimiento 91/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Laura Carrión Gómez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 91/2020 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Manuel Aguilera del Pino, frente a Lessors Madrid Real Estate, S. L., sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Desestimo la demanda sobre despido formulada por don Juan Manuel Aguilera del Pino, frente a la empresa Lessors Madrid, S. L., absolviéndole de las pretensiones que contra ella se dirigen.

Estimo la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por don Juan Manuel Aguilera del Pino, frente a la empresa Lessors Madrid, S. L., sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que le abone la cantidad de 2.168,37 euros y al abono del 10 por 100 de interés por mora.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación

Y para que sirva de notificación en legal forma a Lessors Madrid Real Estate, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 5 de marzo de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/8.326/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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