Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 80

Fecha del Boletín 
05-04-2021

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210405-45

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

Patronato Municipal de Cultura

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Fuenlabrada. Régimen económico. Patronato Municipal de Cultura. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la resolución número 107/2021, de 29 de marzo de 2021, de Vicepresidencia del Patronato Municipal de Cultura, por la que se aprueba la convocatoria general de subvenciones a asociaciones y entidades de carácter cultural correspondiente al ejercicio 2021.

BDNS: 555494

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).

Primero. Beneficiarios.—Tendrán la consideración de beneficiarios las asociaciones o entidades con personalidad jurídica y legalmente constituidas, que desarrollen la actividad objeto de subvención dentro del ámbito de la cultura, siendo requisito necesario que dichas entidades se encuentren debidamente inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Fuenlabrada y que dicha inscripción permanezca debidamente actualizada. No resultarán beneficiarios de las ayudas aquellas asociaciones o entidades que se encuentren incursas en un procedimiento de reintegro o que tengan pendiente de aprobación la justificación de una subvención previamente otorgada por este Ayuntamiento y/o Patronato Municipal.

Segundo. Objeto.—Se convoca en régimen de concurrencia competitiva, para asociaciones y entidades ciudadanas asignadas a la Concejalía de Cultura, que desarrollen proyectos y/o actividades de carácter complementario a los prestados por dicha Concejalía.

Esta convocatoria se concreta en dos líneas principales de actuación (artículo 2), desarrolladas por las distintas asociaciones dentro del ámbito de aplicación de la misma. Dichas líneas de actuación son:

1) Proyectos y/o actividades que den continuidad a las líneas de actuación del plan de subvenciones municipal.

2) Inversión digital para todas las asociaciones, cuyo fin es implementar y/o aumentar la relación electrónica entre las asociaciones y el Patronato Municipal de Cultura de Fuenlabrada para todos los trámites administrativos susceptibles de tramitación electrónica, así como el fomento de la realización de actividades vía telemática en su modalidad online.

El plazo de ejecución de los proyectos y/o actividades a subvencionar es el año 2021.

Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.

Cuarto. Importe.—El importe asignado a estas ayudas asciende a 93.085,89 euros, con cargo a los siguientes créditos y aplicaciones presupuestarias:

Quinto. Plazo de presentación solicitudes.—El plazo de presentación de las solicitudes y documentación preceptiva será de quince días hábiles, contados desde el siguiente a la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Dicha solicitud y documentos podrán presentarse tanto en el Registro del Patronato de Cultura como en el Registro General de Entradas del Ayuntamiento de Fuenlabrada o en cualquiera de sus Registros Auxiliares como en los registros y oficinas relacionados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sexto. Pago.—Se procederá al pago de la subvención de manera anticipada por la totalidad en el caso de subvenciones de hasta 9.000,00 euros y el 80 por 100 en el caso de subvenciones de importe superior a 9.000,00 euros (con un importe mínimo de 9.000,00 euros). La cantidad restante, una vez justificado el porcentaje anterior.

Para la justificación, se establece como fecha máxima de presentación el 28 de febrero de 2022, mediante la documentación requerida en la convocatoria (artículo 14).

Fuenlabrada, a 30 de marzo de 2021.—La vicepresidenta del Patronato Municipal de Cultura de Fuenlabrada, Mónica Sebastián Pérez.

(03/11.579/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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