Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 80

Fecha del Boletín 
05-04-2021

Sección 1.3.170.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210405-19

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID

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EXTRACTO de la Resolución de 15 de marzo de 2021, de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se realiza la convocatoria 2021 de ayudas para estancias breves en España y en el extranjero de los beneficiarios de las ayudas UCM, para contratos predoctorales de personal investigador en formación.

BDNS: 553876

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.—Podrán solicitar estas ayudas los contratados predoctorales del programa de formación de personal investigador de la Universidad Complutense de Madrid que, de conformidad con las normas y requisitos recogidos en la correspondiente convocatoria, se encuentren en el período comprendido entre el cuarto semestre y el séptimo semestre de disfrute del contrato predoctoral, en el momento de realizar la estancia (a estos efectos se tendrán en cuenta todos los contratos de la modalidad predoctoral, regulada en el artículo 21 de la Ley 14/2011, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, que haya tenido el solicitante), y no hayan realizado con anterioridad más de una estancia breve financiada por la UCM. Los contratados predoctorales solo podrán disfrutar de un máximo de dos estancias breves financiadas por la UCM.

Podrán solicitar una de estas ayudas quienes, además, se encuentren en alguno de los supuestos siguientes:

2.1. Aquellos que prevean realizar un desplazamiento que cumpla los requisitos establecidos en el apartado 1.2 y 1.3.

2.2. Aquellos que estén realizando o hayan realizado una estancia breve en el año 2021 que cumpla lo dispuesto en los apartados 1.2 y 1.3 y hayan obtenido la pertinente autorización de desplazamiento del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia.

Segundo. Objeto.—1.1. La convocatoria de las presentes ayudas en régimen competitivo, se aplica a estancias con finalidad formativa en centros extranjeros o españoles de localidad distinta de la del desarrollo de la tesis, para realizar trabajos en laboratorios de investigación, consulta de fondos bibliográficos o documentación, aprendizaje de nuevas técnicas instrumentales y otras actividades que redunden en la mejor consecución del proyecto de investigación para el que se concedió la ayuda predoctoral en España al interesado.

1.2. Las estancias en España y en el extranjero objeto de estas ayudas deberán realizarse en su totalidad durante el año 2021 y siempre dentro del período de vigencia del contrato de trabajo.

1.3. La duración de la estancia será de un mes mínimo y de tres meses máximo, y se desarrollará en un único período y centro. No se autorizarán desplazamientos durante el período de estancia.

Tercero. Bases reguladoras.—www.ucm.es/eb15/21

Cuarto. Cuantía.—4.1. El importe de la ayuda será fijado por la Comisión Evaluadora en función del lugar del centro de destino (España o Extranjero), con los siguientes límites máximos:

4.1.1. Ayuda para estancia:

a) Hasta 25 euros por día en España, con un máximo de 900,00 euros.

b) Hasta 50 euros por día en el extranjero, con un máximo de 1.800,00 euros.

4.1.2. Ayuda para el viaje:

a) Desplazamientos en España:

— Dentro de la Península: hasta 90 euros.

— A las Islas Baleares, Ceuta y Melilla: hasta 120 euros.

— A las Islas Canarias: hasta 150 euros.

b) Desplazamientos en el extranjero: hasta 600 euros cuando el lugar de destino sea un país de Europa y hasta 1.200 euros cuando el lugar de destino sea un país del resto del mundo.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—La solicitud deberá presentarse preferentemente en el Registro Electrónico de la UCM o a través de cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 25 de marzo de 2021.—El Rector, Joaquín Goyache, P. D. (Decreto Rectoral 1/2021, de 11 de enero; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de enero de 2021), la Vicerrectora de Investigación y Transferencia, Margarita San Andrés Moya.

(03/10.929/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.170.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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