Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 59

Fecha del Boletín 
11-03-2021

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210311-35

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

PERSONAL

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Boadilla del Monte. Personal. Nombramientos

De conformidad con lo establecido en el apartado 17.o de las bases generales de selección del personal funcionario del Ayuntamiento de Boadilla del Monte (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 142, de 15 de junio de 2018), así como en la base 11 de las específicas que rigen el proceso selectivo convocado para la provisión, por turno de promoción interna independiente, mediante el sistema de concurso-oposición y curso selectivo de formación, de seis plazas de oficial del Cuerpo de Policía Local de Boadilla del Monte, se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, decreto del segundo teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal, Régimen Interior y Compras número 899/2021, de 26 de febrero, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

1.o Nombrar funcionarios en prácticas en la categoría de Oficial del Cuerpo de Policía Local de Boadilla del Monte, de la escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales, clase Policía Local, escala Básica, grupo C, subgrupo C1, en el proceso selectivo convocado por el turno de promoción interna independiente, mediante el sistema de concurso-oposición y curso selectivo de formación, a los siguientes aspirantes:

2.o Los nombramientos como funcionarios en prácticas en la clase de Oficial tendrán efectos del día 22 de febrero de 2021, fecha en la que ha dado comienzo el “XXV Curso Selectivo de formación para el ascenso a la categoría de Oficial de los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid”, en el Instituto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias (IFISE), sito en el kilómetro 13,600 de la M-607, de la carretera de Madrid a Colmenar Viejo.

3.o Los citados aspirantes deberán tomar posesión como funcionarios en prácticas en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del nombramiento en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Transcurrido el plazo señalado sin que los aspirantes hayan tomado posesión sin causa justificada, y salvo casos de fuerza mayor, se les tendrá por desistidos en su derecho al nombramiento.

4.o De conformidad con lo previsto en el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero, por el que se fijan las retribuciones de los funcionarios en prácticas, los nombrados como tales percibirán una retribución equivalente al sueldo y pagas extraordinarias correspondientes al grupo en el que esté clasificado el cuerpo o escala en el que aspiren a ingresar. No obstante, si las prácticas se realizan desempeñando un puesto de trabajo, el importe anterior se incrementará en las retribuciones complementarias correspondientes a dicho puesto.

Los interesados que en el momento de su nombramiento ya se encuentren prestando servicios remunerados en la Administración como funcionarios de carrera o como interinos o como personal laboral, deberán optar entre percibir las retribuciones establecidas con carácter general para los funcionarios en prácticas en la categoría de Oficial del Cuerpo de Policía Local de Boadilla del Monte o las que les correspondería en el puesto de origen.

5.o Notificar la presente resolución a los funcionarios en prácticas nombrados, con indicación de los recursos que procedan.

6.o Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en el tablón de edictos y anuncios digital, y en su página web municipal (http://www.ayuntamientoboadilladelmonte.org).

7.o Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, y conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPCAP), y 8, 10 y 46 y demás concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra dicha resolución podrán interponerse los siguientes recursos:

— Recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de publicación del mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

— Contra la desestimación presunta del recurso de reposición, y en el plazo de seis meses, a partir del día siguiente al cumplimiento del plazo de un mes que tiene el Ayuntamiento para la resolución y notificación del referido recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid.

— Podrá, asimismo, interponer cualquier otro recurso que estime pertinente y que convenga a sus intereses, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión a que se refieren los artículos 125 y 126 de la Ley 39/2015 (LPACAP).

En Boadilla del Monte, a 26 de febrero de 2021.—El segundo teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal, Régimen Interior y Compras, Jesús Egea Pascual.

(03/7.249/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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