Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 54

Fecha del Boletín 
05-03-2021

Sección 1.3.113.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210305-24

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO

24
ORDEN 140/2021, de 11 de febrero, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se modifica la Orden 1425/2020, de 20 de noviembre, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Promoción Cultural de la Consejería de Cultura y Turismo para 2021.

Mediante Orden 1425/2020, de 20 de noviembre, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones para 2021 de la Dirección General de Promoción Cultural de la Consejería de Cultura y Turismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 4.bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con el artículo 25.1 de la Ley 10/2019, de Transparencia y Participación de la Comunidad de Madrid, dicho Plan se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el día 10 de diciembre de 2020.

Con el fin de adecuar las necesidades de la ejecución presupuestaria del presente ejercicio a lo establecido en el plan estratégico inicial, se precisa modificar la mencionada Orden 1425/2020, de 20 de noviembre.

Por todo ello, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes,

DISPONGO

Artículo único

Modificar la Orden 1425/2020, de 20 de noviembre, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Promoción Cultural de la Consejería de Cultura y Turismo para el fomento de las artes escénicas, musicales y cinematográficas, así como para museos, exposiciones, artes visuales y moda como disciplina creativa en el ejercicio 2021, en los términos que se concretan a continuación:

En el apartado “Objetivos Estratégicos”, en el subapartado destinado a museos, exposiciones, artes visuales y moda como disciplina creativa, a las cuatro finalidades existentes, se añaden las siguientes:

“5. Fomento de la realización de grandes proyectos expositivos que potencien el acceso de los ciudadanos y turistas a una oferta expositiva de calidad equiparable a otras capitales europeas.

6. Impulsar el conocimiento del arte contemporáneo y fomentar la actividad expositiva y el acercamiento a los ciudadanos.

7. Afianzar la actividad expositiva de diversos museos de titularidad pública, para el uso y disfrute de los ciudadanos.

8. Mejorar las infraestructuras culturales en municipios de la Comunidad de Madrid destinadas a artes plásticas”.

Asimismo, se añade un subapartado destinado a la promoción y difusión cultural relativo a las artes escénicas, coreográficas y musicales, con el siguiente contenido:

“1. Apoyar a entidades especialmente relevantes para la cultura madrileña en el campo de la promoción cultural en el ámbito del teatro, la danza, la cinematografía y el audiovisual, por medio de aportaciones con consignación presupuestaria de carácter nominativo.

2. Fomentar la creación contemporánea y apoyar los nuevos talentos.

3. Captar nuevos públicos para las artes escénicas, la danza y la música.

4. Mejorar las infraestructuras culturales en municipios de la Comunidad de Madrid destinadas a artes escénicas.

Estos objetivos se materializarán, por un lado, mediante el apoyo a las entidades culturales emblemáticas y museos de la Comunidad de Madrid, a través de las aportaciones con consignación nominativa que figuran en los Presupuestos de la Dirección General de Promoción Cultural para 2021 y, por otro, mediante el apoyo a la actividad cultural que realizan ayuntamientos, entidades sin ánimo de lucro, empresas productoras en el sector cultural, así como artistas y creadores a través de las correspondiente convocatorias públicas en régimen de concurrencia competitiva, bajo los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación”.

Se modifica el apartado destinado a “Subvenciones en materia de museos, exposiciones, artes visuales y moda como disciplina creativa” en el siguiente sentido:

“Esta Dirección General gestiona estas ayudas mediante la concesión de subvenciones y transferencias con asignación nominativa y mediante la concesión de subvenciones de concurrencia competitiva previa publicación de las convocatorias correspondientes.

II. Previsión presupuestaria y plazo de ejecución

La Dirección General de Promoción Cultural financiará las subvenciones comprendidas en el presente Plan Estratégico con cargo al crédito de las partidas que integran los capítulos IV y VII del programa 333A (Museos y Exposiciones) por un importe máximo de 1.424.229 euros, correspondiente a la suma de las distintas líneas de subvención que se tramitarán a lo largo del año 2021.

La concesión de la totalidad de las ayudas queda supeditada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el ejercicio citado”.

Asimismo, en el apartado III. Líneas de subvención de museos, exposiciones y artes visuales y moda como disciplina creativa, se añaden las siguientes líneas:

5) Ayudas a personas físicas para la creación y desarrollo de proyectos de diseño de moda como disciplina creativa, por un importe máximo de 20.000 euros, con cargo a la partida 48399.

Objetivo: Fomentar el desarrollo de proyectos de creación en el ámbito de la moda para apoyar a los creadores madrileños o residentes en Madrid y contribuir a la consolidación y proyección de sus carreras.

6) Ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid, excepto Madrid capital, para el equipamiento de museos, espacios expositivos y salas de exposiciones de titularidad municipal.

Objetivo: El apoyo a la actividad cultural que realizan los municipios en materia de artes visuales con el fin de que se lleve a cabo en recintos que dispongan de las dotaciones técnicas adecuadas.

Se realizará mediante una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva, por un importe máximo de 150.000 euros, que se imputará a la partida 76309”.

Se añade un subapartado IV, destinado a las consignaciones presupuestarias de carácter nominativo, con el siguiente contenido:

“IV. Consignaciones presupuestarias de carácter nominativo

De acuerdo con lo establecido en el artículo 22.2 de la Ley General de Subvenciones se han previsto diversas subvenciones y transferencias con asignación nominativa en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2021 en el programa 333A correspondiente a la Dirección General de Promoción Cultural.

En relación con dichas subvenciones y transferencias, a continuación se indican las entidades beneficiarias de las mismas, su importe, objetivo, y partida presupuestaria:

— Museo Nacional del Prado: 150.000 euros para acciones relacionadas con la actividad museística, con cargo a la partida 40320.

— Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía: 150.000 euros para acciones relacionadas con la actividad museística, con cargo a la partida 40321.

— Ayuntamiento de Buitrago del Lozoya: 35.000 euros con destino al mantenimiento del Museo Picasso, con cargo a la partida 46350.

— Ayuntamiento de Horcajuelo de la Sierra: 12.500 euros para el mantenimiento del Museo Etnográfico, con cargo a la partida 46351.

— Ayuntamiento de Colmenar de Oreja: 17.500 euros destinados al mantenimiento del Museo Ulpiano Checa, con cargo a la partida 46353.

— Asociación de Creadores de Moda de España (ACME): 334.229 euros para promoción internacional de la moda española con cargo a la partida 48022.

— Asociación Arte y Sociedad: 15.000 euros para la organización de la Feria Estampa en su edición de 2021, con cargo a la partida 48049.

— Fundación Colección Thyssen-Bornemisza: 100.000 euros para acciones relacionadas con la actividad museística, con cargo a la partida: 48149”.

Además, se modifica el apartado destinado a “Subvenciones en materia de artes escénicas, musicales, cinematográficas y audiovisuales, y de videojuego”, con el siguiente tenor:

“I. Previsión presupuestaria y plazo de ejecución

La Dirección General de Promoción Cultural financiará las subvenciones comprendidas en el presente Plan Estratégico con cargo a los créditos de las partidas que integran los capítulos IV y VII del programa 334A (Promoción y Difusión Cultural) por un importe máximo de 13.690.000 euros correspondiente a la suma de las distintas líneas de subvención que se tramitarán a lo largo del año 2021”.

Se añaden al subapartado, II. Líneas de subvención en el ámbito de las artes escénicas, musicales, cinematográficas y audiovisuales, y de videojuego, las siguientes líneas:

“5) Ayudas a personas físicas para la creación y desarrollo de las artes escénicas, musicales y cinematográficas.

El objetivo estratégico que se pretende conseguir con esta convocatoria es habilitar los medios adecuados para fomentar la creatividad en el ámbito de las artes escénicas, de la música y la cinematografía, asegurando su continuidad y constante renovación por medio de la creación de nuevos textos teatrales, coreográficos, cinematográficos y musicales.

Esta convocatoria tendrá un importe máximo de 200.000 euros que se imputará a la partida 48399.

6) Ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid, excepto Madrid capital, para el equipamiento de teatros municipales.

Objetivo: El apoyo a la actividad cultural que realizan los municipios en materia de artes escénicas con el fin de que se lleve a cabo en recintos que dispongan de las dotaciones técnicas, de seguridad y confortabilidad adecuadas.

Se realizará mediante una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva, por un importe máximo de 600.000 euros, que se imputará a la partida 76309”.

Se añade un subapartado III, destinado a las consignaciones presupuestarias de carácter nominativo, con el siguiente contenido:

“III. Consignaciones presupuestarias de carácter nominativo

Las acciones a subvencionar y la previsión inicial de costes son las siguientes:

1. Consignaciones presupuestarias de carácter nominativo.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 22.2 de la Ley General de Subvenciones, en el proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2021 en el programa 334A, correspondiente a la Dirección General de Promoción Cultural, se han previsto diversas subvenciones y transferencias con asignación nominativa.

En relación con dichas subvenciones, a continuación se indica su objetivo, entidad, importe y partida presupuestaria:

Objetivo: Apoyar entidades culturales emblemáticas de la Comunidad de Madrid, con trayectorias sobresalientes en la realización de actividades de interés y calidad, con la finalidad de fomentar sus actividades y facilitar su mantenimiento.

— Consorcio Centro Sefarad-Israel: 50.000 euros, con cargo a la partida 44520.

— Consorcio Casa de América: 60.000 euros, con cargo a la partida 44521.

— Consorcio Casa Árabe: 40.000 euros, con cargo a la partida 44522.

— Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas de España: 35.000 euros, con cargo a la partida 48015.

— Asociación Círculo de Bellas Artes: 250.000 euros, con cargo a la partida 48018.

— Asociación Madrileña Audiovisual (AMA): 30.000 euros, con cargo a la partida 48055.

— Fundación Escuela de la Cinematografía y del Audiovisual de la Comunidad de Madrid: 1.750.000 euros, con cargo a la partida 48120.

— Fundación Teatro de La Abadía: 1.750.000 euros, con cargo a la partida 48121.

— Fundación Orquesta y Coro de Madrid: 3.420.000 euros, con cargo a la partida 48124.

— Fundación Teatro Real: 3.800.000 euros, con cargo a la partida 48128.

— Fundación de la Academia de las Artes Escénicas: 30.000 euros, con cargo a la partida 48152.

— Consorcio de Rehabilitación de Teatros de Madrid: 125.000 euros, con cargo a la partida 74511”.

En Madrid, a 11 de febrero de 2021.

La Consejera de Cultura y Turismo, MARTA RIVERA DE LA CRUZ

(03/6.272/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.113.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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