Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 52

Fecha del Boletín 
03-03-2021

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210303-92

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 36

92
Madrid número 36. Procedimiento 1766/2019

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio sobre delitos leves 1766/2019 figurando como denunciantes RITA MARIA JIMENEZ MARTEL y MANUEL DOUALI ZEBDA contra CESAR MUÑOZ JIMENEZ por un presunto delito de Coacciones, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA Nº 307/2019

JUEZ/MAGISTRADO- JUEZ: D./Dña. MARÍA JOSÉ ORTEGA MORENO.

Lugar: Madrid.

Fecha: veintiséis de noviembre de dos mil diecinueve.

Vistos por mí, Dª MARIA JOSE ORTEGA MORENO, MAGISTRADA-JUEZ DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. TREINTA Y SEIS de MADRID, los presentes autos de Juicio de DELITO LEVE con el número arriba referenciados, seguidos por un supuesto delito leve de COACCIONES, SIN intervención del MINISTERIO FISCAL, siendo denunciantes RITA MARIA JIMENEZ MARTEL y MANUEL DOUALI ZEBDA.

FALLO

Que debo condenar y condeno a CESAR MUÑOZ JIMENEZ como responsable en concepto de autor de un DELITO LEVE de COACCIONES a la pena de CUARENTA DIAS DE MULTA con una cuota diaria de DIEZ EUROS, es decir, CUATROCIENTOS EUROS -400 euros-, multa que caso de impago e insolvencia podrá ser sustituida por un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas y a que indemnice a MANUEL DOUALI ZEBDA en la suma de 108,90 euros por los perjuicios materiales causados.

El importe de la condena deberá ingresarse en la cuenta de este Juzgado en el Banco de Santander número 2556-0000-A1-1766-19.

Se condena al denunciado al pago de las costas, si las hubiere.

Así lo ordeno, mando y firmo.

Contra la presente resolución cabe interponer RECURSO DE APELACIÓN para su resolución por la ILMA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID y ello en el plazo de cinco días desde el siguiente a su notificación, periodo en el que se se hallarán las actuaciones en secretaría a disposición de las partes, debiendo formalizarse y tramitarse el recurso conforme a lo dispuesto en los artículos 790 a 792 de la LECR.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Sra. Magistrada-Juez que suscribe, estando celebrando audiencia pública, de lo que doy fe.

Y para que sirva de notificación a RITA MARIA JIMENEZ MARTEL y MANUEL DOUALI ZEBDA expido y firmo la presente.

En Madrid, a 5 de febrero de 2021.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/4.262/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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