Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 45

Fecha del Boletín 
23-02-2021

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210223-79

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 2

79
Getafe número 2. Procedimiento 412/2019

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 412/2019, entre Santander Consumer E. F. C., S. A., y don Dimitru Daniel Dobritoiu en reclamación de XXXXX, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

“Sentencia número 60/2020

En Getafe, a 17 de junio de 2020.—Vistos por doña Francisca Gracia Martín Bermejo, magistrada del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Getafe, los autos de juicio ordinario, seguidos en este Juzgado bajo el número 412/2019, a instancias de Santander Consumer E. F. C., S. A., representado por el procurador don José Antonio Moreno de la Pena, contra don Dimitru Daniel Dobritoiu, en rebeldía.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por Santander Consumer E. F. C., S. A., contra don Dimitru Daniel Dobritoiu, debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar a la actora la cantidad de 7.588,20 euros, más el interés pactado desde la interposición de la demanda, con imposición de las costas procesales correspondientes a la parte demandada.

Notifíquese la presente sentencia a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid que se interpondrá ante este Juzgado en el plazo de los veinte días siguientes al de su notificación.

Así lo acuerda, manda y firma.—La magistrada-Juez”.

Y para que sirva de notificación a don Dimitru Daniel Dobritoiu, expido y firmo la presente.

En Getafe, a 11 de agosto de 2020.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia.

(02/4.690/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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