Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 45

Fecha del Boletín 
23-02-2021

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210223-220

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

220
Móstoles número 2. Ejecución 203/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento número 203/2020 (ejecución:) de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan José Murillo Acedo, frente a Inverbobe, S. L. U., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

No ha lugar a la ejecución solicitada por el demandante, don Juan José Murillo Acedo, con respecto a la demandada Inverbobe, S. L. U., por hallarse declarada la misma en situación de concurso voluntario de acreedores, sin perjuicio del tratamiento concursal que corresponda dar a los créditos declarados en la sentencia de este Juzgado de 15 de septiembre de 2020, a cuyo fin podrá instarse la ejecución ante el Juzgado de lo mercantil número 3 de Pontevedra.

Hágase entrega a la parte actora de testimonio de la sentencia de 15 de septiembre de 2020 y de la presente resolución, que se remitirán por correo certificado.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda, siendo necesario la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad Banco Santander, con número 2851-0000-64-0203-20, y exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el mismo el ministerio fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Inverbobe, S. L. U., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a 28 de enero de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/3.059/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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