Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 45

Fecha del Boletín 
23-02-2021

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210223-182

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30

182
Madrid número 30. Ejecución 41/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DON ISMAEL PÉREZ MARTÍNEZ, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo Social n.º 30 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 41/2020 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DON MIGUEL ÁNGEL MERINO CUBERO frente a ASI SOLUCIONES Y TECNOLOGÍA, S. L., FOGASA y DON JOSÉ MIGUEL LLINARES TARRIÑO sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO

En Madrid, a 19 de enero de 2021

PARTE DISPOSITIVA

Se declara:

— Extinguida la relación laboral entre la parte ejecutante y Asi Soluciones y Tecnología, S. L., con efectos de esta resolución, 19/1/2020.

— Se condena a satisfacer al ejecutante, una indemnización de 3363,89 euros.

— Se condena a la empresa a abonar al demandante en concepto de salarios de tramitación 25.265,82 euros, a razón de 42,18 euros diarios, por 599 días, sin perjuicio de las regularizaciones correspondientes por el cobro por la parte actora de la correspondiente prestación por desempleo.

Modo impugnación: Mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda por aplicación del art. 184.1 de la LEC.

Así, por éste su auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilma. Sra. Magistrada-Juez.

DOÑA SARA ALONSO FERNÁNDEZ

LA MAGISTRADA-JUEZ

Y para que sirva de notificación en legal forma a ASI SOLUCIONES Y TECNOLOGÍA, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 20 de enero de 2021.

EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/3.141/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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