Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 43

Fecha del Boletín 
20-02-2021

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210220-8

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

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Madrid número 17. Procedimiento 88/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. JOSE ANTONIO RINCON MORA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 17 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 88/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. AINHOA RUIZ FERNANDEZ frente a -EXPERTUS GESTIÓN INTEGRAL DE RECURSOS HUMANOS, SL, EXPERTUS SELECCION Y FORMACION Y CONSULTORIAR RHH, EXPERTUS TRAINING SLU y LEXAUDIT CONCURSAL SLP sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

DECRETO 51/2021, DE FECHA 26/01/2021

PARTE DISPOSITIVA

Se aprueba la conciliación obtenida por las partes, en fecha 22/1/2021, en los términos que constan en el escrito presentado y que son los siguientes:

“Como cuestión previa se desiste de la acción contra todas las demandadas a excepción de EXPERTUS GESTIÓN INTEGRAL DE RECURSOS HUMANOS S.L. y de LEXAUDIT CONCURSAL SLP, en su condición de administrador concursal.

A los efectos oportunos, la parte demandada reconoce la improcedencia del despido de la parte actora y se compromete a abonarle las cantidades siguientes:

a. En concepto de indemnización por despido, la suma de 8.854,11 euros.

b. En concepto de gastos en el mes de octubre 117,27 euros.

c. En concepto de gastos en el mes de noviembre 108,91 euros

d. En concepto de 4 días de vacaciones 246,66 euros.

La parte demandante acepta dicha cantidad, por lo que ambas partes convienen en que el contrato laboral que las ha unido, se tenga por rescindido con efectos de 30/11/2019.

El pago de la referida suma se efectuará de conformidad con lo previsto en la Ley Concursal, a tal efecto, la Administración Concursal emitirá el certificado de deuda para que el trabajador acceda al FOGASA.

Mediante el percibo por parte de la demandante de la mencionada cantidad total, ambas partes se tendrán por recíprocamente saldadas y finiquitadas por toda clase de conceptos fruto de la relación contractual que las unía.”

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación.

Y para que sirva de notificación en legal forma a EXPERTUS TRAINING SLU y EXPERTUS SELECCION Y FORMACION Y CONSULTORIAR RHH, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiséis de enero de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/2.854/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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