Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 40

Fecha del Boletín 
17-02-2021

Sección 1.4.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210217-35

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD

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ACUERDO 40/2020, de 29 de octubre, de la Comisión de Urbanismo de Madrid, relativo a la aprobación inicial del plan especial para la “Definición y protección de elementos integrantes de la red pública de infraestructuras de abastecimiento de la Comunidad de Madrid pertenecientes a los campos de pozos de Fuencarral, El Goloso y Canal Bajo (Distrito Fuencarral-El Pardo), en el término municipal de Madrid”, promovido por Canal de Isabel II, S. A.

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 29 de octubre de 2020, a propuesta del Director General de Urbanismo de fecha 15 de octubre de 2020, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.3 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid, ha adoptado el siguiente

ACUERDO

Primero

Aprobar inicialmente el Plan Especial para la “Definición y protección de elementos integrantes de la red pública de infraestructuras de abastecimiento de la Comunidad de Madrid pertenecientes a los campos de pozos de Fuencarral, El Goloso y Canal Bajo (Distrito Fuencarral-El Pardo), en el término municipal de Madrid”, promovido por Canal de Isabel II, S. A.

Segundo

Iniciar el trámite de información pública del Documento Técnico del Plan Especial, junto con el Documento Ambiental Estratégico, por un plazo de cuarenta y cinco días hábiles mediante inserción de los correspondientes anuncios en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia, al objeto de que puedan formularse las alegaciones que se estimen oportunas.

Una vez publicado el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el documento del Plan Especial y el Documento Ambiental Estratégico podrán consultarse en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid en la ruta http://www.madrid.org/portaldetransparencia/

Tercero

Requerir informe, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.3.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid, concediendo el mismo plazo de cuarenta y cinco días hábiles para su emisión, de los siguientes órganos y Entidades afectados:

— Dirección General de Igualdad.

— Dirección General de Infancia, Familias y Natalidad.

— Dirección General de Servicios Sociales e Innovación Social.

— Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales:

• Subdirección General de Espacios Protegidos.

• Subdirección General de Recursos Naturales.

— Dirección General de Patrimonio Cultural.

— Dirección General de Salud Pública.

— Dirección General de Carreteras de la Consejería de Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras.

— Dirección General de Carreteras (Demarcación de Carreteras del Estado) del Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana.

— Confederación Hidrográfica del Tajo.

— Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información, del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

Cuarto

Dar traslado del expediente al Ayuntamiento de Madrid, para su conocimiento e informe, que deberá emitirse igualmente en el plazo de un mes.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid, y a efectos de garantizar su publicidad, previo a la publicación del presente acuerdo se depositará un ejemplar del expediente en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, sita en la calle Alcalá, número 16, quinta planta, de Madrid (28014), donde podrá ser consultado por un período de cuarenta y cinco días hábiles, en horas hábiles, desde el día siguiente a la publicación del presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el día en que termine el plazo de Información Pública.

Durante el expresado período de tiempo, cuantas personas se consideren afectadas podrán formular alegaciones, mediante escrito dirigido al Presidente de la Comisión de Urbanismo de Madrid.

Madrid, a 29 de octubre de 2020.—El Secretario General Técnico, José Ignacio Tejerina Alfaro.

(01/4.603/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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